ORDEN FORAL 121/2011, de 5 de abril, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones, para el año 2011, a asociaciones de familias que trabajen en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
La Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, contempla dentro de sus programas de actuación el de la infancia y familia en atención primaria.
La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el régimen jurídico general aplicable a éstas cuando sean otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social. Con carácter previo a su concesión, el órgano competente deberá establecer sus bases reguladoras, que habrán de ser publicadas, posibilitando de este modo el acceso de quienes realicen las actividades o se encuentren en la situación que motiva el otorgamiento.
Por Decreto Foral 125/2007, de 3 septiembre, se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, otorgándose a la Dirección General de Familia, Infancia y Consumo funciones sobre la materia que afecta la presente convocatoria.
Asimismo, el citado Decreto Foral atribuye a la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte la competencia para la convocatoria de subvenciones que vayan a otorgarse con cargo a los presupuestos del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.
Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto la oportunidad e interés público de la aprobación de la presente convocatoria, así como la legalidad de la misma y sus correspondientes bases reguladoras.
En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,
ORDENO:
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Aprobar las bases de la convocatoria de subvenciones, para el año 2011, a asociaciones de familias que trabajen en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra que figuran como anexo a esta Orden Foral.
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Autorizar un gasto de 20.000,00 euros con cargo a la partida 950001 92200 4819 231502 denominada "Convocatoria de subvenciones en el ámbito de la familia" del Presupuesto de gasto de 2011.
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Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.
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Trasladar esta Orden Foral al Servicio de Promoción de la Familia de la Dirección General de Familia, Infancia y Consumo y a la Sección de Gestión Presupuestaria de la Secretaría General Técnica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.
Pamplona, 5 de abril de 2011.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.
ANEXO
Bases de la convocatoria
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Objeto y ámbito de aplicación.
La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el año 2011, para el funcionamiento y fomento de actividades a asociaciones de familias que trabajen en el ámbito de la familia en la Comunidad Foral de Navarra.
Mediante la concesión de las citadas subvenciones se persigue fomentar y promover el desarrollo, por parte de las asociaciones de familias que operan en el ámbito de la familia, de acciones dirigidas a satisfacer las necesidades de los colectivos atendidos.
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Acciones subvencionables.
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La Dirección General de Familia, Infancia y Consumo subvencionará las siguientes acciones:
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Proyectos destinados a sensibilizar a la sociedad sobre los valores que entraña la familia.
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Acciones que fomenten la participación de las familias en la sociedad.
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Acciones formativas encaminadas a trabajar, con grupos de padres y madres, los contenidos de los documentos editados por la Dirección General de Familia, Infancia y Consumo titulados "Familia, televisión y otras pantallas" y "Familia y nuevas tecnologías".
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Acciones formativas encaminadas a trabajar y difundir, a grupos de padres y madres, los contenidos del documento editado por la Dirección General de Familia titulado "La protección del menor: el papel de la familia".
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Talleres, conferencias o charlas promovidas por asociaciones de familias adoptivas o acogedoras.
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Proyectos promovidos por asociaciones con el fin de ayudar a sus asociados a atender a sus hijos menores en momentos y situaciones de puntual necesidad.
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Quedan excluidas del ámbito de esta convocatoria las Asociaciones de Padres y Madres (Apymas), por disponer de otras vías de subvención para la realización de sus actividades.
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Importe de la subvención y concurrencia.
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El coste total subvencionable no podrá superar 5.000 euros.
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El importe que se solicite al amparo de esta convocatoria no podrá superar, tampoco, los 5.000 euros. En caso contrario, la solicitud no será admitida.
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La concesión de la subvención se supeditará a la existencia de crédito presupuestario.
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Cada asociación que se presente únicamente podrá optar a la subvención de un proyecto o acción.
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El procedimiento de subvención se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
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Gastos subvencionables.
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Los gastos subvencionables serán los necesarios para el desarrollo de la actividad para la que se solicita la subvención.
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Las asociaciones a las que se subvencione un proyecto concreto aplicarán la subvención a gastos de personal, funcionamiento y actividades, no superando los gastos de funcionamiento el 30% del importe de la subvención concedida.
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Requisitos.
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A los efectos de la presente convocatoria, las asociaciones de familias deberán cumplir los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud:
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Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes:
-Registro de Asociaciones, dependiente del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra.
-Otros que por la naturaleza jurídica de la entidad pudieran corresponder.
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Carecer de fines de lucro y tener su sede social en Navarra.
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Tener como fines institucionales expresos según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con la familia.
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Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.
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Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos.
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En el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones de la Dirección General de Familia, Infancia y Consumo, deberán justificar que están al corriente en el cumplimiento de las...
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