ORDEN FORAL 25/2012, de 23 de enero, del Consejero de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión entre funcionarios habilitados, mediante traslado por concurso de méritos, de plazas vacantes del puesto de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, determina en su artículo 247, que la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación, se efectuará, con carácter ordinario, mediante concursos de méritos, que deberá convocar el Departamento del Gobierno de Navarra competente en materia de Administración Local.

Dichos concursos, en lo que se refiere a los puestos de Secretaría, tendrán por objeto la cobertura de aquellas plazas que hallándose vacantes se encuentren comprendidas en los supuestos a que se refiere el artículo 243.2 de la referida Ley Foral, y además de las inicialmente convocadas, serán objeto de provisión en cada concurso, aquellas plazas que cumpliendo dicho requisito, resulten vacantes con motivo de haber obtenido sus titulares otra plaza en el propio concurso.

Por otra parte, en cumplimiento de lo establecido en la referida Ley Foral 6/1990, el Consejero de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior, aprobó mediante Orden Foral 829/2011, de 30 de diciembre la relación definitiva de puestos de trabajo de Secretaría que, de conformidad con los apartados 2 y 3 del artículo 247 de dicha norma, son susceptibles de provisión funcionarial, indicando las determinaciones del correspondiente perfil lingüístico.

En consecuencia, procede aprobar la convocatoria para la provisión, entre funcionarios habilitados, mediante traslado por concurso de méritos, de plazas vacantes del puesto de Secretaría de las entidades locales de Navarra.

En virtud de todo ello y en uso de las facultades que me confiere el artículo 41.1.e) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre del Gobierno de Navarra y de su Presidente, el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2011, de 1 de julio, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 128/2011, de 24 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria para la provisión, entre funcionarios habilitados, mediante traslado por concurso de méritos, de plazas vacantes del puesto de Secretaría de las entidades locales de Navarra, que se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de provisión de puestos de trabajo de las Administraciones Públicas de Navarra dictado para su desarrollo y ejecución, en las demás normas de aplicación y en las propias bases de la convocatoria.

  2. Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

BASES

  1. -Objeto de la convocatoria.

    1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, entre funcionarios habilitados, mediante traslado por concurso de méritos, de las plazas vacantes del puesto de Secretaría de las entidades locales de Navarra, contempladas en la Orden Foral 829/2011, de 30 de diciembre, y que se relacionan en el Anexo I de la presente convocatoria.

    1.2. Asimismo serán objeto de provisión en la presente convocatoria, aquellas plazas que, hallándose comprendidas en los supuestos a que se refiere el artículo 243.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, resulten vacantes, bien por haber obtenido sus titulares otra plaza en el propio concurso, o bien por cualquier otro motivo producido con anterioridad al inicio por el Tribunal Calificador del procedimiento de adjudicación de vacantes a que se refiere la Base 8.ª de la presente convocatoria.

  2. -Requisitos de los aspirantes.

    2.1. Podrán participar en la convocatoria los Secretarios y Vicesecretarios de Navarra que, siendo funcionarios locales con habilitación foral, se encuentren, a la fecha de publicación de la convocatoria, en alguna de las situaciones administrativas previstas en el artículo 249, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

    2.2. No podrán participar, quienes se encuentren inhabilitados o suspendidos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en la sentencia o resolución sancionadora.

    2.3. Los funcionarios en situación de excedencia forzosa están obligados a participar en los concursos y solicitar todas las plazas vacantes.

    2.4. El grado de dominio del conocimiento de vascuence, requerido para el acceso a aquellas plazas que así lo tengan establecido con carácter preceptivo, se acreditará mediante la superación de las pruebas específicas que determinen si el aspirante tiene el nivel lingüístico exigido, a realizar por el Instituto Navarro de Administración Pública, o mediante la posesión de determinada formación según las siguientes equivalencias:

    -Grado de dominio 1: Cuatro cursos aprobados en una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" superados en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.

    -Grados de dominio 2 y 3: Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o una titulación reconocida oficialmente como equivalente.

  3. -Solicitudes.

    3.1. Las solicitudes deberán ajustarse al modelo contemplado en el anexo II de la presente convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de solicitud se podrá obtener a través de Internet, dentro del Portal del Gobierno de Navarra -www.navarra.es-, desde la reseña de la convocatoria en "Empleo Público" y de forma presencial, en el Registro de la Dirección General de Administración Local.

    La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

    La presentación podrá hacerse por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Vía telemática.

      A través de Internet y al objeto de su tramitación dentro del marco del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra, accediendo en la ficha correspondiente a esta convocatoria (Provisión entre funcionarios habilitados, mediante traslado por concurso de méritos, de plazas vacantes de secretaría de las entidades locales de Navarra), en el apartado "Empleo Público" del Portal de Navarra www.navarra.es.

    2. Presencialmente.

      Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro de la Dirección General de Administración Local (calle Arrieta 12, de Pamplona), o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 27, de fecha 9 de febrero de 2011, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

      En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

      3.2. A la solicitud deberán adjuntarse los...

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