ORDEN FORAL 145/2009, de 25 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas que regirán la concesión de ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el periodo 2009-2013, se aprueba la convocatoria para el año 2009, y se concede directamente al Ayuntamiento de Cortes una subvención de 100.000 euros, para la construcción de apriscos ganaderos en esta localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Gobierno de Navarra viene impulsando una política agraria que incluye el desarrollo sostenible del medio rural para su promoción efectiva. Este desarrollo rural no puede ser homogéneo para toda la geografía foral lo que ha originado diferentes políticas de ordenación y fomento económico para las distintas zonas dentro del mapa navarro.

Los objetivos planteados en el Plan Estratégico para la Agricultura Navarra aprobado en 2006, especialmente en el Eje estratégico 1 "Estructuras e infraestructuras agrarias", en el que se articula el Objetivo 1.3 "Consolidación y mejora de la estructura" que integra las líneas de actuación y medidas de apoyo a la mejora de pastos e infraestructuras ganaderas se contemplan en las actuaciones previstas en esta Orden Foral que se modifica.

Asimismo, las actuaciones acogidas dentro de estas ayudas se encuentran encuadradas en la Acción "Infraestructuras locales ganaderas" dentro del marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013 en el Eje 1 "Aumento de la competitividad de la agricultura y silvicultura" y en la Medida "Mejora y desarrollo de infraestructuras relacionadas con el desarrollo y adaptación de la agricultura y silvicultura", aprobado por el Comité de Desarrollo de la Comisión con fecha 20 de noviembre de 2007.

Dicha medida se aplica en Navarra en virtud de la Orden Foral 197/2008, de 2 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas que regirán la concesión de ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el periodo 2008-2013.

Tras la aplicación de la medida durante los años 2007 y 2008, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, con el fin de mejorar la gestión de la medida, considera conveniente derogar la Orden Foral 197/2008, de 2 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas que regirán la concesión de ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el periodo 2008-2013, y aprobar las nuevas para el periodo 2009-2013.

La principal novedad afecta al baremo de concesión de las ayudas, que se sustituye, con el fin de evitar empates en la puntuación y dar mas oportunidad de obtener subvención a zonas que por su orografía y condiciones más deprimidas, en las que realizan actividades de ganadería extensiva y forestales y carecen de las oportunidades de nuevas infraestructuras de forma que se encuentran en una situación de mayor riesgo de recesión, y por ello, hay que actuar en ellas para su desarrollo.

También se cambia la fecha de finalización de las inversiones, la ayuda a obras realizadas por medios propios y en Auzolán, los topes máximos de subvención, y el procedimiento de resolver los empates entre los proyectos de los últimos beneficiarios.

Mediante Acuerdo de Gobierno de Navarra, de 1 de diciembre de 2008, se ha autorizado el gasto plurianual, para los años 2009 y 2010, destinado a financiar ayudas a infraestructuras ganaderas.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo único Aprobar las normas que regirán la concesión de ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el periodo 2009-2013, que figuran en el Anexo I de la presente Orden Foral.
Disposición adicional primera.- Convocatoria para el año 2009.

Aprobar la convocatoria de las ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas para el año 2009. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden Foral.

Disposición adicional segunda.- Créditos presupuestarios.

Autorizar un gasto de 2000.000 euros, que se imputará de la siguiente manera: 1.000.000 euros con cargo a la partida 720001-72120-7609-414304 "Ayudas a infraestructuras ganaderas" del presupuesto del año 2009, y 1.000.000 euros con cargo a la partida correspondiente del presupuesto del 2010, con arreglo a la siguiente distribución:

  1. Actuaciones realizadas por entidades locales enclavadas en zonas de montaña o en municipios en recesión: 1.880.000,00 euros; 940.000,00 euros con cargo al Presupuesto de Gastos de 2009, y 940.000,00 euros con cargo al Presupuesto de Gastos de 2010.

  2. Actuaciones realizadas por el resto de entidades locales: 120.000 euros; 60.000 euros con cargo al Presupuesto de Gastos de 2009 y 60.000 euros con cargo al Presupuesto de Gastos de 2010.

Autorizar un gasto de 100.000 euros destinados a subvencionar los apriscos ganaderos que va a realizar el Ayuntamiento de Cortes, que se imputará con cargo a la partida 720001-72120-7609-414306 "Subvención Ayuntamiento de Cortes para aprisco ganadero" del presupuesto del año 2009.

Disposición adicional tercera La concesión al Ayuntamiento de Cortes de la subvención de 100.000 euros, para la construcción de apriscos ganaderos en esta localidad, se realizará de forma directa y con cargo a la partida 720001-72120-7609-414306 "Subvención Ayuntamiento de Cortes para aprisco ganadero" del presupuesto de Gastos del año 2009.

La concesión de ayudas para los apriscos de Cortes se regirá por las normas reguladoras de la presente convocatoria, con las siguientes salvedades:

  1. A la concesión con cargo a la partida nominativa de ayuda para los citados corrales, no le será de aplicación el artículo 6 de las normas reguladoras de la presente convocatoria.

  2. El importe de la ayuda será el 40% del gasto subvencionable. El importe máximo de la subvención con cargo a esta partida será de 100.000 euros y la inversión máxima auxiliable 250.000 euros. No obstante, si el proyecto subvencionable presentado por el Ayuntamiento de Cortes superase este límite máximo, el exceso no subvencionable mediante esta concesión directa, podrá presentarse a la convocatoria y optar a las ayudas objeto de concurrencia competitiva conforme a lo previsto en artículo 6 de las normas reguladoras. A estos efectos, la inversión prevista se articulará en dos proyectos detallados de tal forma que permita la verificación del grado de ejecución de cada uno por separado.

  3. El calendario de ejecución de las actuaciones, se extenderá como máximo hasta el 30 de noviembre de 2009.

  4. No será necesario que el Ayuntamiento de Cortes presente la solicitud de la ayuda conforme a lo previsto en el artículo 5, excepto la indicada en su apartado 4, que deberá remitirse en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden Foral.

  5. La documentación acreditativa de haber ejecutado la obra deberá de presentarse antes del día 30 de noviembre de 2009.

  6. Tanto las actuaciones subvencionadas mediante esta concesión directa, como las que puedan, en su caso, serlo mediante concesión por concurrencia competitiva no serán cofinanciadas por el FEADER y se financiarán íntegramente con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra.

Disposición adicional cuarta.- Recursos.

Contra la presente Orden Foral y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

En el caso de Administraciones Públicas, contra esta Orden Foral y sus bases reguladoras podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Disposición derogatoria única.- Disposición que se deroga.

Se deroga la Orden Foral 197/2008, de 2 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas que regirán la concesión de ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el periodo 2008-2013, y se aprueba la convocatoria para el año 2008, salvo para los expedientes de ayudas concedidas al amparo de la misma a los que les será de aplicación.

Disposición final única.- Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 25 de marzo de 2009.-La Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Begoña Sanzberro Iturriria.

ANEXO I Artículos 1 a 15

Normas por las que se regulan las ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas

Artículo 1 Objeto y finalidad.

La presente Orden Foral tiene por objeto establecer las normas reguladoras de las ayudas a las infraestructuras locales ganaderas, con la finalidad de apoyar la promoción de infraestructuras y equipamientos de titularidad y uso público que guarden relación directa con la ganadería, para el periodo 2009-2013.

Artículo 2 Actuaciones subvencionables.

Serán...

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