ORDEN FORAL 140/2010, de 4 de junio, del Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de ayuda humanitaria a través de los Centros Navarros en la República Argentina y Chile.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Decreto Foral 120/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, incluye en su ámbito de competencias el impulso y coordinación general de las políticas públicas de atención a la inmigración. Asimismo, reconoce a la Dirección General de Relaciones Institucionales la competencia para el mantenimiento de relaciones y la atención a las asociaciones, entidades y personas de origen navarro que se encuentran en situación de emigrantes en otros países.

El Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, mantiene relaciones de ayuda y colaboración con las entidades de carácter asociativo constituidas por emigrantes navarros y sus descendientes, como son los Centros de Navarra ubicados en otros países, promoviendo diversos programas, actividades y ayudas humanitarias, a través de apoyos económicos y, en definitiva, manteniendo vínculos de relación con quienes, en su día y por distintos motivos, se vieron obligados a abandonar Navarra.

Por otra parte, el Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, aprobado mediante la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, que se configura como el marco jurídico que garantiza a los ciudadanos residentes en el exterior el ejercicio de sus derechos y deberes constitucionales, establece en su artículo 5 la asistencia y protección por parte de la Administración general del Estado y las comunidades autónomas, en el marco de sus respectivas competencias, de aquellos ciudadanos residentes en exterior que se encuentren en situaciones de necesidad.

En este sentido, la Comunidad Foral de Navarra viene desarrollando desde hace años programas dirigidos a mejorar la calidad de vida de las personas navarras emigradas a otros países, así como a sus descendientes, gestionando ayudas y prestaciones para todas aquellas que, por su edad, condiciones económicas y país de residencia así lo demanden.

Así, la Comunidad Foral de Navarra, viene otorgando ayuda humanitaria a la República Argentina desde el 2002, con el fin de paliar casos de extrema necesidad que se producen en ese país como consecuencia de la grave crisis económica que se inicia en ese año y que se mantiene en la actualidad. Ayudas que se han canalizado a través de los Centros Navarros en ese país -Bolívar, Buenos Aires, Mar del Plata, Mendoza y Rosario- fomentando así el papel de agentes de desarrollo, que estos centros pueden desempeñar en las zonas donde se encuentran, y que se hace extensivo también al Centro Navarro de Chile.

A la vista de lo anteriormente expuesto, la Dirección General de Relaciones Institucionales presenta un informe, con el conforme de la Intervención delegada del Departamento de Economía y Hacienda en el de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, en el que propone aprobar la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos de ayuda humanitaria en la República de Argentina y Chile, correspondiente al año 2010.

En consecuencia, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 2 del Decreto Foral 120/2007 de 3 de septiembre por el que se establece la estructura del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno en relación con el artículo 7.1 de la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre, Subvenciones,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de ayuda humanitaria a través de los Centros Navarros en la República Argentina y Chile, para el año 2010, cuyas bases se incorporan como Anexo a esta Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de 60.000 euros, con cargo a la partida B20003 B2220 4819 143100 denominada "Ayuda humanitaria de los centros navarros de Argentina y Chile" del presupuesto de gastos de 2010 (ID 2334).

  3. Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

  4. Frente a la presente Orden Foral los interesados podrán interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo previsto por el artículo 57.2.a) de la Ley Foral 15/2004 de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 4 de junio de 2010.-El Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, Alberto Catalán Higueras.

ANEXO

Bases de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de ayuda humanitaria a través de los centros navarros en la República Argentina y Chile

  1. Finalidad y objeto.

    Esta convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas que el Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno destina a financiar acciones humanitarias de los Centros Navarros, dirigidas a colectivos desfavorecidos y especialmente vulnerables de la República Argentina y Chile, a realizar durante el año 2010 ó realizadas en el ejercicio anterior.

    En concreto, las ayudas se destinarán a las siguientes finalidades:

    1. Adquisición de alimentos u otros productos e insumos de primera necesidad.

    2. Adquisición de equipamientos de servicios básicos.

    3. Pequeñas reparaciones de centros de servicios básicos.

    4. Ayudas económicas personales a personas nacidas en Navarra o descendientes de las mismas residentes en Argentina y Chile que se encuentren en situación de extrema necesidad.

  2. Disponibilidad presupuestaria.

    El importe destinado a la presente convocatoria es de 60.000 euros, con cargo a la partida económica B2220 B20003 4819 143100 denominada "Ayuda humanitaria de los centros navarros de Argentina y Chile" del presupuesto de gasto de 2010.

  3. Procedimiento de concesión.

    La concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

  4. Requisitos de las entidades solicitantes.

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria los Centros Navarros y en Chile, siempre que...

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