RESOLUCION 538/2007, de 2 de abril, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria para la provisión, en comisión de servicios para el curso académico 2007/2008, de 26 puestos de trabajo docentes de perfil singular en Colegios Públicos de Educación ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

RESOLUCION 538/2007, de 2 de abril, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria para la provisión, en comisión de servicios para el curso académico 2007/2008, de 26 puestos de trabajo docentes de perfil singular en Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Foral de Navarra que imparten programas bilingües de inglés, a ser cubiertos por profesorado funcionario perteneciente al Cuerpo de Maestros.

El 1 de febrero de 1996, el Ministerio de Educación y Ciencia y The British Council suscribieron un Convenio cuyo objetivo era la creación de un marco de cooperación que permitiera desarrollar, en determinados centros docentes vinculados a ambas partes, proyectos curriculares integrados que condujeran, al finalizar la educación obligatoria, a la obtención simultánea de los títulos académicos de los dos países.

El citado convenio desarrollaba el "Memorando de entendimiento sobre colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y The British Council", de 15 de junio de 1987, dentro del marco del Convenio Cultural entre el Gobierno de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de 12 de julio de 1960.

En aplicación del Convenio de 1 de febrero de 1996, la Orden de 10 de junio de 1998 creó secciones lingüísticas de lengua inglesa en un determinado número de colegios de educación primaria, que en aquella fecha dependían del Ministerio de Educación y Cultura.

Por la Orden de 5 de abril de 2000 se aprobó el Currículo Integrado para la Educación Infantil y la Educación Primaria previsto en el Convenio entre el Ministerio de Educación y Cultura y el Consejo Británico en España ("Boletín Oficial del Estado" número 105, de 2 de mayo de 2000).

El 6 de julio de 2005 se publicó en el "Boletín Oficial del Estado" el Real Decreto 717/2005, de 20 de junio, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas en los centros docentes acogidos al Convenio entre al Ministerio de Educación y Ciencia y The British Council. El mismo tiene por objeto reordenar la aplicación del Convenio, de modo que sus beneficios puedan extenderse a centros de todas las Comunidades Autónomas y a centros de las diferentes etapas de la educación obligatoria.

El mencionado Real Decreto ha sido desarrollado por Orden ECI/1128/2006, de 6 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 93, de 19 de abril de 2006).

Los centros docentes que llevan a la práctica el Convenio de 1 de febrero de 1996 realizan una enseñanza de características especiales, por el carácter bilingüe (español-inglés) de sus enseñanzas. Por ello se precisa dotarles de profesorado con la competencia lingüística y metodológica necesaria para utilizar la lengua inglesa con eficacia, tanto en situaciones cotidianas, como en aquellas más específicas y de mayor complejidad para la impartición y desarrollo de programas extensos de CLIL/AICLE (Content and Language Integrated Learning/Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjeras).

Para desarrollar estas tareas en los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Foral de Navarra, teniendo en cuenta la necesidad de dar estabilidad a sus plantillas, es necesaria la cobertura de plazas vacantes con profesorado que acredite competencia lingüística y metodológica.

Uno de los procedimientos que concilian el carácter voluntario de la participación del profesorado con la garantía de elección de los candidatos más idóneos es el sistema de concurso que se propone en esta Resolución.

En virtud de las facultades atribuidas por la Disposición Adicional Segunda , punto cuarto del Decreto Foral 43/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.

RESUELVO:

  1. Aprobar las bases que regulan la convocatoria para la provisión, en comisión de servicios, de 26 puestos de trabajo docentes de perfil singular en Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Foral de Navarra que imparten programas bilingües de inglés, de entre el profesorado funcionario perteneciente al Cuerpo de Maestros, según el Anexo I.

  2. Ordenar la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  3. Contra la presente Resolución y sus Anexos puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación.

  4. Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a la Secretaría General Técnica, al Servicio de Ordenación e Innovación Escolar, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, a la Sección de Personal del Servicio de Recursos Humanos, a la Sección de Enseñanzas de Régimen Especial y a la Comisión de Selección, a los efectos oportunos.

Pamplona, 2 de abril de 2007._El Director del Servicio de Recursos Humanos, José María Gracia Galilea.

ANEXO I

Bases de la convocatoria

Primera._Finalidad

Convocar concurso de méritos para la provisión de 26 puestos de trabajo docentes en comisión de servicios para el curso académico 2007/2008 en Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Foral de Navarra que imparten programas bilingües de inglés. A dicho concurso puede acceder el profesorado funcionario perteneciente al Cuerpo de Maestros dependiente del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

Segunda._Características de los puestos de trabajo ofertados

Los puestos de trabajo ofertados objeto de la presente convocatoria corresponden a necesidades derivadas de una enseñanza de características especiales, por el carácter bilingüe, español-inglés, de sus enseñanzas.

Las plazas de perfil singular que se convocan a través de este procedimiento para los mencionados centros (y/o cuantos centros de igual o similar definición que pudieran crearse en la Comunidad Foral) se caracterizan porque además de la orientación lingüística, propia del centro, los docentes que las ocupen, en cualquiera de las etapas, han de llevar a cabo diferentes cometidos, que pueden incluir tareas de tutoría, co-tutoría, coordinación para la integración de los programas lingüísticos o la impartición de contenidos de distintas materias, desdobles, refuerzos, hasta completar su horario docente ordinario, según la distribución realizada por el equipo directivo del centro, en función de las necesidades del programa.

El trabajo a desempeñar se desarrollará de acuerdo con las directrices establecidas en la normativa vigente y en las orientaciones que, en su caso, se propongan desde el Departamento de Educación.

_Educación Infantil:

El profesorado de esta etapa impartirá la mitad de su jornada como tutor de infantil, compartiendo grupo con un cotutor. Será cotutor de otro grupo en la otra mitad de su jornada. Tutor y cotutor de un mismo grupo no coincidirán en perfil lingüístico.

_Educación Primaria:

El profesorado de esta etapa impartirá la mitad de su jornada como tutor generalista, compartiendo grupo con un cotutor. En la otra mitad de la jornada, este...

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