ORDEN FORAL 34/1997, de 25 de febrero del Consejero de Economía y Hacienda por la que se aprueba el impreso modelo 568 de solicitud de devolución del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 34/1997, de 25 de febrero del Consejero de Economía y Hacienda por la que se aprueba el impreso modelo 568 de solicitud de devolución del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.Boletín Oficial de Navarra Número 34 - Fecha 19/03/1997

El artículo 5.º de la Ley Foral 25/1994, de 29 de diciembre, de Modificación parcial de diversos Impuestos y otras medidas tributarias, añade un nuevo apartado 3 al artículo 43 de la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales en el que establece el derecho a la devolución de la parte de la cuota satisfecha por el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte correspondiente al valor del medio de transporte en el momento del envío, en favor de los empresarios dedicados profesionalmente a la reventa de medios de transporte, respecto de aquellos que acrediten haber enviado con carácter definitivo fuera del territorio de aplicación del Impuesto antes de que hubiesen transcurrido cuatro años desde su primera matriculación definitiva.

La letra e) del nuevo apartado 3 del artículo 43 de la Ley Foral 20/1992, de Impuestos Especiales, establece la obligación de solicitar la devolución en el lugar, forma, plazo e impresos que establezca el Departamento de Economía y Hacienda.

En su consecuencia,

ORDENO:

Primero.-Aprobación del Modelo 568.

Se aprueba el Modelo 568 "Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio". Dicho Modelo, que figura como Anexo a la presente Orden, se compone de los siguientes documentos:

  1. Solicitud de devolución, que consta de dos ejemplares: Ejemplar para la Administración y Ejemplar para el Interesado.

  2. Hojas interiores de relación de Medios de Transporte, cada una de las cuales consta, asimismo, de dos ejemplares: Ejemplar para la Administración y Ejemplar para el Interesado.

Este Modelo deberá ser presentado por los empresarios dedicados profesionalmente a la reventa de medios de transporte cuando soliciten la devolución de la parte de cuota satisfecha a la Hacienda Foral de Navarra, correspondiente al valor del medio de transporte en el momento del envío, respecto de aquellos que acrediten haber enviado con carácter definitivo fuera del territorio de aplicación del Impuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales.

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