ORDEN FORAL 862/2012, de 2 de noviembre, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueban ayudas para impulsar la economía en Navarra a través de proyectos de internacionalización.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Las ayudas para el impulso de la economía en Navarra, aprobadas por primera vez en el año 2009, han subvencionado en estos años proyectos empresariales que han contribuido al mantenimiento y a la generación de empleo fijo.

Para el año 2012 las ayudas para el impulso de la economía, en la modalidad regulada en esta Orden Foral, se articulan mediante la concesión de avales a las empresas de Navarra para abordar proyectos de internacionalización.

La Ley Foral 19/2011, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2012, autorizó a este Departamento la concesión de avales a los proyectos de inversión acogidos a los regímenes de ayudas a la inversión empresarial y al impulso de la economía.

Por otra parte, el Gobierno de Navarra por Acuerdo de 1 de junio de 2009 autorizó la concesión de estas ayudas en régimen de evaluación individualizada, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1 Objeto.

La finalidad de las ayudas para impulsar la economía en Navarra reguladas en esta Orden Foral, es facilitar a las empresas de la Comunidad Foral el desarrollo de nuevos proyectos de internacionalización.

Artículo 2 Empresas beneficiarias.
  1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas con domicilio fiscal en Navarra, que realicen alguna de las siguientes actividades:

    1. Industrias extractivas, manufactureras y de información y comunicaciones encuadradas en las secciones B, C y J de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).

    2. Tratamiento y eliminación de residuos; valorización y actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos (CNAE-2009: 38.2, 38.3 y 39 de la sección E).

    3. Construcción (sección F de la CNAE-2009).

    4. Actividades de logística realizadas por empresas dedicadas a la organización del transporte (CNAE-2009: 52.10, 52.24 y 52.29 de la sección H).

    5. Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico (CNAE-2009: 71 de la sección M).

    6. Investigación y desarrollo (CNAE-2009: 72 de la sección M).

    7. Actividades de diseño especializado (CNAE-2009: 74.10 de la sección M).

  2. Las interesadas deberán acreditar que no están incursos en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. Para ello cumplimentarán la declaración responsable que se incluye en el formulario de solicitud.

    Asimismo, con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en el formulario de solicitud autorizarán al Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

Artículo 3 Proyectos acogibles.

Serán objeto de estas ayudas los proyectos que reúnan las siguientes características:

  1. ...

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