ACUERDO de 28 de junio de 2004, del Gobierno de Navarra, por el que se aprueba el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la implantación de un Area Industrial como ampliación del Polígono Industrial de Rocaforte (Sangüesa), promovido por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 28 de junio de 2004, del Gobierno de Navarra, por el que se aprueba el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la implantación de un Area Industrial como ampliación del Polígono Industrial de Rocaforte (Sangüesa), promovido por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo.

I._Antecedentes.

El Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el 7 de enero de 2002, acordó declarar como Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal, el proyecto de implantación de un área industrial como ampliación del Polígono Industrial de Rocaforte (Sangüesa), promovido por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo del Gobierno de Navarra. Dicho Acuerdo fue publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 21, de 18 de febrero de 2002.

La finalidad de este Plan Sectorial es la promoción de suelo industrial ordenado y dotado de todos los servicios e infraestructuras que permita satisfacer la patente necesidad de suelo industrial en la comarca de Sangüesa. El polígono industrial promovido por Gobierno de Navarra en la década de los 80 se encuentra totalmente ocupado y no existe ninguna otra oferta de suelo. Asimismo, destaca la existencia de empresas recientemente instaladas en el entorno como elementos de atracción de nuevas implantaciones (caso de la Planta de Biomasa de la empresa Energía Hidroeléctrica de Navarra, S.A).

El área industrial se sitúa frente al área industrial de Rocaforte, limita al este con la carretera NA-127, al sur con la empresa Papelera Navarra, S.A. y el resto con fincas rústicas. Administrativamente, la superficie afectada por el PSIS se sitúa en el término concejil de Rocaforte, perteneciente al Municipio de Sangüesa.

II._Alegaciones presentadas.

En el periodo de exposición pública del expediente no se han presentado escritos de alegaciones.

III._Cumplimiento de las determinaciones del Acuerdo del Gobierno de Navarra de 2002.

El Acuerdo de referencia establece que "antes de la aprobación del expediente, el promotor justificará o, en su caso, corregirá las cuestiones planteadas en el apartado de valoración urbanística y territorial".

En cumplimiento de está determinación, con fecha 26 de mayo de 2004, el promotor, a través deNasuinsa, registra en el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, un anexo de documentación al presente proyecto.

Las cuestiones requeridas, seguidas de la valoración de su cumplimiento, son las siguientes:

III.1. Accesos y viario.

"El Plan Sectorial no plantea la ejecución de un nuevo enlace con el sistema viario, sino que aprovecha la rotonda existente de acceso al Polígono de Rocaforte desde la carretera NA-127 Sangüesa-Sos del Rey Católico, propuesta ésta quedeberá ser informada por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones".

Con respecto a esta determinación, el promotor remite un informe del Director General de Obras Públicas, de fecha 13 de marzo de 2002, que establece una serie de determinaciones, siendo la más reseñable la que establece que el acceso propuesto desde la glorieta partida existente en la NA-127, debe modificarse por una glorieta cerrada, cuyo proyecto, previo a su ejecución, debe presentarse para su aprobación ante ese Departamento. La nueva documentación presentada por el promotor recoge el cierre de la rotonda así como la ampliación del radio de giro de la misma, incorporándola como Sistema General adscrito.

El resto de determinaciones establecidas en el citado informe, indican las condiciones a cumplir por los cierres de finca, setos o plantaciones, y la distancia a la que deben situarse las...

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