ORDEN FORAL 333/2004, de 16 de diciembre, del Consejero de Industriay Tecnología, Comercio y Trabajo por la que se determinan losdomingos y festivos que los comercios podrán permanecer abiertos alpúblico en 2005.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 333/2004, de 16 de diciembre, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo por la que se determinan los domingos y festivos que los comercios podrán permanecer abiertos al público en 2005.

La Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra, establece en su artículo 33.2 que: "Anualmente se establecerá por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo, previa audiencia del Consejo Navarro Asesor de Comercio Minorista, antes del 15 de diciembre de cada año, el calendario que regirá al año siguiente comprensivo de los domingos y festivos que se consideren hábiles con un mínimo de nueve en 2001, diez en 2002, once en 2003 y doce en 2004".

Hasta que se proceda a la entrada en vigor de la futura ley estatal reguladora de horarios comerciales se ha propuesto para el año 2005 un calendario que consta de doce días, si bien hay que tener en cuenta que la dicha ley permitirá a las Comunidades Autónomas, rebajar a ocho el número de días en los que se autoriza la apertura en domingos y festivos.

Asimismo y de conformidad con lo preceptuado en el citado artículo 33.2 de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra, el calendario propuesto por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, se sometió al trámite de audiencia del Consejo Navarro Asesor de Comercio Minorista.

En su virtud,

ORDENO:

Artículo único

_Los domingos y días festivos que se consideran hábiles para el ejercicio de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR