ORDEN FORAL 97/2008, de 29 de julio, del Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de: Gestión de Citas del Servicio de Mediación.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Se considera necesario la creación del fichero con denominación: Gestión de Citas del Servicio de Mediación, dada su inexistencia en el Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, ya que en el momento de su promulgación no estaba diseñado ni previsto el Programa de Mediación Lingüística e Intercultural Itinerante, y dada la necesidad de su regulación.

Por otra parte, el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, señala que "la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero".

En su virtud, visto el informe de la Oficina de Atención a la Inmigración, de 21 de julio de 2008.

ORDENO:

  1. Crear, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, el fichero denominado: Gestión de Citas del Servicio de Mediación.

  2. Las características de dicho fichero son las siguientes:

    1. Finalidad y usos previstos:

      Su finalidad será el registro de la información de los intervinientes y de las citas de un servicio de mediación lingüística e intercultural itinerante en la Comunidad Foral de Navarra, para la adecuada gestión de dicho servicio.

    2. Personas y colectivos afectados:

      El fichero recogerá datos sobre los servicios de mediación efectuados, así como sobre los profesionales solicitantes del servicio, las personas inmigrantes y otras personas beneficiarias del servicio.

    3. Procedimiento de recogida de datos:

      Los datos serán obtenidos a partir de la información suministrada por los propios interesados o sus representantes legales.

    4. Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero.

      Además de los datos identificativos de los profesionales y los beneficiarios, el fichero recogerá datos relativos a las citas, como hora, lugar, fecha y asunto.

      -Datos de carácter identificativo:

      NIF / DNI.

      NIE / Pasaporte.

      Dirección.

      Teléfono.

      Nombre y Apellidos.

      Sexo.

      E-Mail.

      País de Origen.

      Puesto de trabajo.

      Centro de trabajo.

    5. Cesión de datos de carácter personal:

      Los datos contenidos en el fichero se ceden a las entidades...

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