ORDEN FORAL 345/2001, de 10 de septiembre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se deja sin efecto la Orden Foral 77/2001, de 12 de marzo, y la Orden Foral 136/2001, de 4 de abril, y por la que se crean dos ficheros informatizados bajo la denominación de: Necesidades educativas especiales; Necesidades educativas asociadas a condiciones socio-culturales desfavorecidas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Orgánica 15/1999, de 3 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, regula el tratamiento de los datos de carácter personal, y el Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, regula los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Mediante la Orden Foral 77/2001, de 12 de marzo, y la Orden Foral 136/2001, de 4 de abril, del Consejero de Educación y Cultura, se crearon nuevos ficheros informatizados bajo la denominación de Necesidades educativas especiales; Necesidades educativas asociadas a condiciones socio-culturales desfavorecidas. Dichas Ordenes Forales fueron publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra números 47 y 55 de 2001.

Habiéndose apreciado que los datos de los ficheros que se recogen en la citadas Ordenes Forales no se adecuan totalmente a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, es procedente dejar sin efecto las mismas y crear los ficheros ajustándose a las prescripciones de la citada normativa.

El Director del Servicio de Renovación Pedagógica considera necesario la creación de los ficheros con denominación: Necesidades educativas especiales; Necesidades educativas asociadas a condiciones socio-culturales desfavorecidas, dada su inexistencia en el Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, ya que en el momento de su promulgación no estaban configurados.

Por otra parte, el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, señala que "la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero".

En su virtud, visto el informe del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio,

ORDENO:

  1. Dejar sin efecto las Ordenes Forales 77/2001, de 12 de marzo, y 136/2001, de 4 de abril, del Consejero de Educación y Cultura, por la que aprueba la creación de nuevos ficheros automatizados con datos de carácter personal dependiente del Departamento de Educación y Cultura.

  2. Crear en aplicación de lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, el fichero denominado: Necesidades educativas especiales.

    1. Finalidad y usos previstos:

      Registro donde se recopila y actualiza información acerca de alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad psíquica...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR