ORDEN FORAL 29 de mayo de 1997, del Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo del Gobierno de Navarra, por la que se aprueba inicialmente el sistema de actuación, el Proyecto de Delimitación del ámbito de expropiación, las relaciones de titulares, bienes y derechos afectados por la expropiación del 'Polígono Industrial de 'Iciz' y se...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 29 de mayo de 1997, del Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo del Gobierno de Navarra, por la que se aprueba inicialmente el sistema de actuación, el Proyecto de Delimitación del ámbito de expropiación, las relaciones de titulares, bienes y derechos afectados por la expropiación del "Polígono Industrial de "Iciz" y se designan representantes de la Administración.Boletín Oficial de Navarra Número 69 - Fecha 09/06/1997

Por Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 9 de enero de 1995 se aprobó definitivamente el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la implantación de un Polígono Industrial Comarcal en el Concejo de Iciz (Gallués), promovido por el Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo. En ese mismo acuerdo se declaró la utilidad pública y el interés social a efectos expropiatorios.

Al objeto de llevar a término la gestión del suelo del polígono y de sus accesos, para su ulterior urbanización, se requiere previamente establecer el sistema de actuación aplicable, la delimitación del ámbito de la unidad, así como la relación pormenorizada de los titulares, bienes y derechos afectados. Procede también, designar los representantes de la Administración que hayan de intervenir en el procedimiento y firmar cuantos documentos y actas procedan en el mismo.

En consecuencia y en ejercicio de las facultades que me han sido atribuidas por Decreto Foral 245/1993, de 26 de julio, como Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo,

ORDENO:

  1. -Aprobar inicialmente el sistema de actuación del "Polígono Industrial Comarcal de Iciz (Gallués)", que se ejecutará por el sistema expropiatorio de tasación individual por fincas separadas.

  2. -Aprobar inicialmente el proyecto de Delimitación del Ambito de Expropiación del citado polígono y la relación pormenorizada de los titulares y bienes y derechos afectados cuya ocupación o adquisición se considera estrictamente necesaria y que se acompaña al final de esta Orden Foral.

  3. -Designar como representantes de la Administración actuante para suscribir las Actas Previas, de Mutuo Acuerdo, de Ocupación y de Pago y cuantos documentos procedan a las siguientes personas de este Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo: Don Ignacio Nagore Laín y don Gaspar Domench Arrese, de forma indistinta.

  4. -Someter a información pública la presente Orden Foral, el Proyecto de Delimitación y la relación de titulares, bienes y derechos afectados por plazo de 15 días hábiles a...

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