ORDEN FORAL 196/2006, de 21 de junio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba inicialmente el Estudio de Detalle de la parcela 3B-12 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren, promovido por Miguel Rico y Asociados, S.A.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 196/2006, de 21 de junio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba inicialmente el Estudio de Detalle de la parcela 3B-12 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren, promovido por Miguel Rico y Asociados, S.A.

El Estudio de Detalle se refiere a modificación de alineaciones en el sótano del edificio, tanto por su cuantía (menos de 40 cm) como por el hecho de ubicarse bajo rasante, no modifican sustancialmente el modelo urbano de Sarriguren y pueden aceptarse porque contribuyen a la mayor funcionalidad del garaje del edificio.

El contenido del Estudio de Detalle es conforme con el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren y con el Artículo 62 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

En consecuencia, visto el informe del Servicio de Vivienda, y de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 43 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de la parcela 3B-12 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren, promovido por Miguel Rico y Asociados, S.A.

  2. Someter el Estudio de Detalle a información pública por plazo de veinte días. Durante este plazo cualquier persona podrá formular por escrito cuantas observaciones y alegaciones estime oportunas. Con dicha finalidad, los interesados tendrán a su disposición el expediente en las oficinas del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Avenida del Ejército 2, nivel 2, de Pamplona).

  3. Señalar que contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes. Y contra el expediente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses.

    Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin...

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