ORDEN FORAL 187/2008, de 26 de diciembre, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Las Cartas de Servicios son documentos de acceso público que constituyen un medio a través del cual las Administraciones Públicas de Navarra informan a los ciudadanos sobre los servicios públicos que prestan.

En la actualidad, el concepto y alcance, contenido, elaboración y aprobación, difusión y seguimiento de las Cartas de Servicios se regulan en los artículos 18 a 21 de la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos. El artículo 20 de esta Ley Foral dispone que "en el caso de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, cada Departamento y cada organismo autónomo elaborará su respectiva Carta de Servicios en el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de esta Ley Foral".

Por Decreto Foral 72/2005, de 9 de mayo, el Gobierno de Navarra reguló reglamentariamente las Cartas de Servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos. Igualmente, el diseño y la estructura de las Cartas de Servicios fueron establecidos por Orden Foral 119/2005, de 11 de octubre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5.1 del Decreto Foral 72/2005, de 9 de mayo, por el que se regulan las Cartas de Servicios de la Administración de Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos,

ORDENO:

  1. Aprobar la Carta de Servicios del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra.

  2. Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a efectos de su general conocimiento.

Pamplona, 26 de diciembre de 2008.-El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.

CARTA DE SERVICIOS DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS DE NAVARRA

  1. -Identificación.

    De conformidad con lo señalado en el artículo 9 de la Ley Foral 32/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula el sistema bibliotecario de Navarra, el Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra es el conjunto organizado de bibliotecas públicas que, conforme a lo establecido en el Mapa de Lectura Pública, pone a disposición de todos los ciudadanos la Cartera de Servicios Bibliotecarios.

    Esa Cartera de Servicios del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra queda definida, en el artículo 14 de la citada Ley Foral, como el conjunto de servicios bibliotecarios que se prestan a los ciudadanos de acuerdo con el Mapa de Lectura Pública. La Cartera de Servicios indicará quién presta cada servicio y a quién va destinado, determinando los niveles de suficiencia y calidad.

    Forman parte del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra la Biblioteca de Navarra y las bibliotecas públicas municipales y comarcales que se integren en el Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra mediante los correspondientes convenios con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

    La gestión del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra se fundamenta en los principios básicos de la descentralización de la gestión por áreas geográficas y de la gestión participativa y de evaluación de la biblioteca y de sus servicios.

  2. -Misión, competencias y valores.

    2.1 Según viene definido en el artículo 23 del Decreto Foral 126/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, el Servicio de Bibliotecas ejerce las siguientes funciones:

    1. Promover la democratización del acceso a la cultura, la información, la formación y el ocio creativo a través del Sistema Bibliotecario de Navarra.

    2. Proteger, conservar, organizar y difundir el patrimonio bibliográfico, filmográfico y audiovisual de Navarra.

    3. Elaborar el Plan Estratégico de Servicios Bibliotecarios.

    4. Elaborar el Mapa de Lectura Pública.

    5. Elaborar la Cartera de Servicios del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra.

    6. Redactar los reglamentos del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra.

    7. Redactar la Memoria Anual del Servicio de Bibliotecas.

    8. Gestionar con eficiencia los recursos de la Administración Foral destinados al Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra.

    9. Fomentar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en el Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra.

    10. Promover la formación permanente del personal bibliotecario.

    11. Normalizar los procesos técnicos y los procedimientos para el acceso a los servicios bibliotecarios.

    12. Establecer y desarrollar procedimientos de colaboración del Sistema de Bibliotecas Públicas en el Sistema Bibliotecario Navarro.

    13. Establecer y desarrollar procedimientos de colaboración con otros sistemas bibliotecarios y entidades de promoción de la lectura y de las nuevas tecnologías de la información.

    14. Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines.

      2.2 La actividad del Servicio de Bibliotecas, expresada en el apartado anterior, se inspira en los siguientes valores:

    15. Facilitar el acceso al conocimiento tanto en formato impreso como de otro tipo, proporcionando materiales e instalaciones adecuadas.

    16. Apoyar activamente las campañas de alfabetización, elemento fundamental de la educación y el conocimiento y de la utilización de las bibliotecas y los servicios informativos.

    17. Recoger información local y hacerla fácilmente accesible.

    18. Actuar como memoria del pasado, recogiendo, conservando y brindando acceso a materiales relacionados con la historia de la comunidad y de las personas.

    19. Satisfacer las necesidades de conocimiento de todos los grupos de la comunidad, independientemente de su edad o condición física, económica o social, teniendo una responsabilidad especial en lo que se refiera a los niños y a los jóvenes. Si los niños se sienten motivados por el entusiasmo que predice el conocimiento o por las obras de la imaginación, tendrán la posibilidad de beneficiarse de estos elementos vitales del desarrollo personal a lo largo de toda la vida, que los enriquecerá e intensificará su contribución a la sociedad.

    20. Servir de núcleo al progreso cultural y artístico de la comunidad y ayudar a dar forma y apoyo a su identidad cultural, colaborando con organizaciones locales y regionales, proporcionando un espacio para actividades culturales, organizando programas culturales y velando por que los intereses culturales se encuentren representados en sus fondos.

    21. Desempeñar un importante papel como espacio público y como lugar de encuentro.

  3. -Servicios, compromisos e indicadores de cumplimiento.

    Servicios ofrecidos.

  4. Información:

    -De tipo general sobre la organización y funcionamiento de la biblioteca, distribución de salas y servicios, horarios, normas de acceso, etc.

    -Bibliográfico y de referencia para responder a las dudas o cuestiones (de tipo concreto, bibliográfico, de orientación lectora, etc.) que quieran plantear a nuestro personal.

  5. Consulta:

    -Acceso a los documentos de la colección propia de la biblioteca y a los integrados en el Catálogo Colectivo de las bibliotecas públicas de Navarra.

    -Consulta del fondo antiguo existente en el Sistema de Bibliotecas públicas de Navarra, previa solicitud y acreditación.

    -Acceso, desde www.navarra.es, al Catálogo Colectivo de las bibliotecas públicas de Navarra, al Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de Navarra y a las prestaciones destinadas a los lectores.

    -Colección local: fondo bibliográfico, audiovisual y documental sobre la localidad en la que presta servicio la biblioteca.

    -Audiovisuales y multimedia, uso de programas de ofimática y acceso a bases de datos.

    -Internet: acceso gratuito para todos los usuarios.

  6. Préstamo de fondos:

    -Préstamo personal de libros, publicaciones periódicas y audiovisuales.

    -La biblioteca pública presta individualmente, al mismo tiempo, hasta un máximo de 7 documentos, distribuidos según los siguientes formatos: 3 libros, 2 revistas y 2 audiovisuales.

    -El préstamo personal de libros se efectúa por un plazo de 21 días, pudiendo renovarse hasta dos veces por el mismo período, siempre que el documento no haya sido reservado por otro usuario.

    -El préstamo personal de revistas se lleva a cabo por un plazo máximo de 7 días.

    -El préstamo personal de audiovisuales se hace por un plazo máximo de 4 días.

    -Préstamo colectivo de libros, publicaciones periódicas y audiovisuales a instituciones públicas y privadas, como colegios, institutos, hospitales, asociaciones y entidades locales.

    -La biblioteca pública presta colectivamente hasta un máximo de 50 libros durante 30 días.

    -La biblioteca pública presta colectivamente hasta un máximo de 10 audiovisuales, durante 15 días.

    -Préstamo interbibliotecario para atender las peticiones de los usuarios de fondos pertenecientes al Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra o a otros sistemas y bibliotecas.

  7. Formación en el uso de la biblioteca:

    -Formación de usuarios sobre la organización, funcionamiento y servicios que presta la biblioteca pública, en particular, y el Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra, para el correcto manejo y mejor aprovechamiento de todos los recursos disponibles.

  8. Reproducción de documentos:

    -Servicio de reprografía, escáner e impresoras, cuyo uso está sometido a la legislación sobre derechos de autor y propiedad intelectual (Ley 23/2006, de 7 de julio, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril). Este servicio cuenta con fotocopiadoras de uso directo y permite, además, obtener reproducciones en soporte digital.

  9. Organización de...

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