RESOLUCIÓN 595/2013, de 5 de marzo, de la Directora General de Salud, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades locales, instituciones, fundaciones y asociaciones, sin ánimo de lucro, para programas de prevención y promoción de la salud, durante el año 2013.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

La Ley Foral 19/2011, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2012, prorrogada para el ejercicio del año 2013 establece varias líneas de crédito destinadas a subvencionar actividades cuyo objetivo final es la prevención y promoción de la salud.

El régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra se establece en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. Esta norma dispone que con carácter previo a su concesión, el órgano competente deberá establecer las bases reguladoras, que habrán de ser publicadas, posibilitando de este modo el acceso de quienes se encuentren en la situación que motiva su otorgamiento.

De acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 11/2005 mencionada, es objeto de la presente convocatoria la realización de acciones específicas por parte de entidades locales, instituciones, fundaciones y asociaciones, sin ánimo de lucro, que fomenten la constitución y funcionamiento de grupos de autoayuda, así como de las acciones que, en el contexto de una participación ciudadana, desarrollen programas de prevención y promoción de la salud, de acuerdo con las directrices que, en el marco general de la política sanitaria, promueva el Departamento de Salud, especialmente de aquéllos cuya finalidad coincida con el cumplimiento de los objetivos reseñados en el Plan de Salud, así como en el Plan de salud Laboral de Navarra.

Los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés público de la convocatoria de concesión de subvenciones que se aprueba, así como la legalidad de la misma y de sus correspondientes bases reguladoras.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1.de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

  1. Aprobar la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización, durante el año 2013, de programas de promoción y prevención de la salud, que complementen las actividades del Departamento de Salud y sus organismos autónomos, de acuerdo con las bases que se insertan en el Anexo de la presente Resolución.

  2. Autorizar un gasto total de 1.767.024 euros, cuantía que corresponde a la dotación conjunta de las siguientes partidas de los Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2012 prorrogados para el ejercicio del año 2013.

    –51110-511003-4819-311100 “Ayudas para programas de salud”: 336.470 euros.

    –51000-500000-4609-311100 “Subvención para planes municipales contra la drogodependencia”: 500.000 euros.

    –51000-500000-4819-311100 “Subvenciones a entidades para programas de prevención comunitaria”: 214.122 euros.

    –51200-510000-4819-313900 “Convenios con ONG (SIDA)”: 200.938 euros.

    –51200-510000-4609-313900 “Convenios para programas de prevención y promoción de la salud”: 179.019 euros.

    –51200-510000-4819-313903 “Convenios para programas de minorías étnicas”: 153.275 euros.

    –53000-520000-4819-313903 “Proyectos sobre riesgos laborales prioritarios”: 183.200 euros.

  3. Trasladar esta Resolución y su Anexo al Servicio de Ordenación e Inspección Sanitaria, al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, al Negociado de Contabilidad de la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud y a la Intervención Delegada de Hacienda en el Departamento de Salud, a los efectos oportunos.

  4. Ordenar la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

    Pamplona, 5 de marzo de 2013.–La Directora General de Salud, Cristina Ibarrola Guillén.

    ANEXO

    Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades locales, instituciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro para programas de prevención y promoción de la salud, durante el año 2013

  5. Objeto de la subvención.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades locales, instituciones, fundaciones y asociaciones, sin ánimo de lucro, para programas y actividades de prevención, promoción de la salud y actuaciones sobre riesgos laborales que se desarrollen durante el año 2013 en las siguientes áreas:

    –“Ayudas a programas de salud”: Proyectos dirigidos a personas afectadas por problemas de salud, con especial atención a los programas de formación y/o de autoayuda.

    –“Subvenciones para planes municipales contra la drogodependencia”: Programas destinados a la prevención comunitaria de las consecuencias derivadas de los consumos de drogas, que estén realizados por municipios y/o mancomunidades.

    –“Subvenciones a entidades para programas de prevención comunitaria”: Programas destinados a la prevención comunitaria de las consecuencias derivadas de los consumos de drogas, que estén realizados por organizaciones no gubernamentales y similares.

    –“Convenios con ONG (SIDA)”: Programas comunitarios en relación con la infección por VIH-SIDA.

    –“Convenios para programas de prevención y promoción de salud”: Programas de prevención y promoción de salud grupal y comunitaria realizados en colaboración con los servicios y recursos de su zona. Incluidos los de tabaco, y excluidos los relacionados con prevención de drogodependencias y sida, que se atenderán a cargo de las partidas anteriormente mencionadas.

    –“Convenios para programas de minorías étnicas”: Destinados a programas de mediación en salud para minorías étnicas gitanas.

    –“Proyectos sobre riesgos laborales prioritarios”. Se incluirán en esta modalidad los proyectos en los que la actuación sea sobre los riesgos y/o los daños para la salud que afecten a la población trabajadora.

  6. Requisitos de los beneficiarios.

    Podrán acogerse a las subvenciones que establece la presente Resolución las entidades locales, instituciones, fundaciones y asociaciones, sin ánimo de lucro que, en su caso, figuren inscritas en los registros de asociaciones de la Comunidad Foral de Navarra, y que desarrollen durante el año 2013 acciones o programas de prevención y promoción de la salud, en Navarra, que sean concordantes con las prioridades determinadas por el Departamento de Salud.

    Los solicitantes que no sean entidades públicas deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social, y en el pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

    Asimismo no podrán estar incursos en el resto de circunstancias que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

    Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

  7. Gastos subvencionables y cuantía de las ayudas.

    3.1.1. Gastos subvencionables:

    –Gastos de actividad, material fungible y personal de la propia entidad beneficiaria relacionados con el proyecto o programa presentado.

    –Gastos generales de funcionamiento hasta un máximo del 25 por cien de la cantidad subvencionada.

    Excepciones:

    –En los programas de acogida para personas enfermas de Sida y de minorías étnicas no regirá el límite del 25 por cien para los gastos de funcionamiento.

    –En las subvenciones concedidas con cargo a la línea “Subvenciones a entidades para programas de prevención comunitaria”, se determinará en la Resolución de concesión la cantidad que se podrá dedicar al pago de alquileres, cuando las asociaciones e instituciones necesiten un local para desarrollar la actividad objeto de la subvención.

    3.1.2. Gastos no subvencionables:

    –Actividades de sensibilización e información sobre enfermedades, dirigidas a la población general.

    –Material impreso. Solo excepcionalmente podrá subvencionarse aquel material impreso que a juicio de la unidad evaluadora resulte imprescindible para conseguir el objetivo del programa.

    –Gastos dedicados en exclusiva a publicidad de la entidad.

    –Actividades sanitarias que no estén incluidas en la cartera de servicios del Sistema Nacional de...

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