ORDEN FORAL 257/2001, de 3 de julio, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se aprueban las instrucciones que van a regular, durante el curso 2001-2002, la organización y el funcionamiento de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 257/2001, de 3 de julio, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se aprueban las instrucciones que van a regular, durante el curso 2001-2002, la organización y el funcionamiento de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Programas de Iniciación Profesional.

El Director del Servicio de Ordenación Académica y Formación Profesional presenta informe favorable para la aprobación de esta Orden Foral, que tiene por objeto aprobar unas instrucciones complementarias a los Reglamentos Orgánicos de los centros, al Decreto Foral 225/1998, de 6 de julio, a la Orden Foral 257/1998, de 16 de julio, y a la Orden Foral 258/1998, de 16 de julio, que sirvan para puntualizar y desarrollar aspectos concretos contenidos en sus líneas generales en las normas citadas anteriormente y que tienen como finalidad conseguir la correcta organización y el buen funcionamiento de los centros docentes y garantizar, de este modo, una actividad educativa coherente y eficaz durante el curso 2001-2002.

En virtud de las facultades conferidas por el artículo 36.2.b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

ORDENO:

  1. Se aprueban las instrucciones que figuran como Anexos a esta Orden y a las que deberán ajustarse, durante el curso 2001-2002, la organización y el funcionamiento de los centros docentes públicos en los que se imparten las enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Programas de Iniciación Profesional, en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

  2. Las instrucciones a que se refiere esta Orden Foral serán de aplicación a los centros privados concertados o subvencionados en todo aquello que les afecte, de acuerdo con la normativa vigente al respecto.

  3. Publicar la presente Orden Foral y sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango a la presente, en todo aquello que se opongan a la misma.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Se autoriza al Director General de Educación a dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en la presente Orden Foral.

Segunda.-Trasladar la presente Orden Foral y sus Anexos al Servicio de Ordenación Académica y de Formación Profesional y a la Sección de Ordenación Académica, a los efectos oportunos.

Tercera.-La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, tres de julio de dos mil uno.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

ANEXO I

Instrucciones que van a regular, durante el curso 2001-2002, la organización y el funcionamiento de los Centros Docentes Públicos que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria

Introducción

La organización y el funcionamiento de los centros docentes públicos que imparten Segundo Ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria se atendrán a lo establecido en el Reglamento Orgánico de las Escuelas Públicas de Educación Infantil, Colegios Públicos de Educación Primaria y Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra y a lo dispuesto en los Títulos I y II y Disposiciones del Decreto Foral 225/1998, de 6 de julio, en el Decreto Foral 153/1999, de 10 de mayo, en la Orden Foral 257/1998, de 16 de julio, en el Pacto para la mejora de la Calidad del Servicio Educativo en la Comunidad Foral de Navarra, así como a lo que establecen para el curso 2001-2002 las instrucciones recogidas en los Anexos I y IV de la presente Orden Foral. Dichas instrucciones, en calidad de normativa complementaria, tienen, como finalidad principal, desarrollar algunos aspectos de las normas básicas anteriores; todo ello, con el fin de conseguir que los centros docentes públicos de los niveles educativos de Infantil y Primaria funcionen de la manera más adecuada y eficaz.

I.-Programación general anual del centro.

  1. Proyecto Educativo y Proyecto Curricular.

    La Comisión de Coordinación Pedagógica presentará al Claustro para su aprobación en el mes de septiembre un plan de trabajo para el periodo del curso escolar. La Comisión determinará aquellos aspectos en los que se observe un mayor alejamiento entre la práctica educativa y las intenciones declaradas en el Proyecto Educativo y en el Proyecto Curricular.

    Una vez diagnosticados los mismos, se diseñará un plan de trabajo en el que figuren los objetivos que se quieren alcanzar, la metodología de trabajo y las tareas previstas, la organización del profesorado, así como la temporalización para llevar a cabo el plan a lo largo del curso.

    A continuación se exponen algunos de los temas considerados prioritarios:

    -Proyecto Educativo:

    El Proyecto Educativo expresa los criterios generales que con carácter unitario definen la identidad y la intencionalidad de un centro escolar. Debe revisarse con regularidad el hecho de que determinadas situaciones particularmente significativas o elementos contextuales nuevos exijan un ajuste entre las intenciones explicitadas en el Proyecto Educativo y las condiciones en que se desarrolla la práctica educativa.

    Ello supondrá normalmente la introducción o modificación de objetivos generales, de valores y actitudes fundamentales, y de líneas prioritarias de trabajo desde las cuales se orienten las decisiones curriculares, la organización de tares y de funciones y la promoción de medidas configuradoras de un clima escolar que fomente la convivencia en el centro y, en suma, de una educación de mayor calidad.

    En particular, durante el curso 2001-2002 se planteará la inclusión de criterios y procedimientos relativos a la atención a la diversidad cultural en el centro, al fomento de un ámbito de convivencia integrador, en el cual se favorezca y se motive la aportación de todos los miembros y sectores de la comunidad educativa, en particular del profesorado y de las familias. Asimismo se contemplarán posibles cauces de comunicación con las familias, la colaboración con instancias externas (municipales, entidades colaboradoras, etc.). Estos aspectos formarán parte del Plan de Atención a la Diversidad de cada centro escolar.

    La educación en valores, entre los que es preciso destacar el respeto a la dignidad de todas las personas y la convivencia positiva, la paz y la justicia, es un objetivo prioritario y permanente del sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra. En estas etapas, la educación está poniendo las bases para que las niñas y los niños adquieran sus primeros conocimientos y destrezas sistemáticos, y algunas de las actitudes y hábitos que van a configurar fundamentalmente su desarrollo personal y social.

    Por ello es preciso que el centro escolar se plantee, por una parte, el grado en que está siendo eficaz en su papel socializador, si la orientación conjunta de la vida escolar fomenta la efectiva igualdad de derechos entre las personas de ambos sexos, el rechazo a todo tipo de discriminación y el respeto a todas las culturas (cfr. LOGSE, artículo 2.3.c). Términos como el de "no discriminación" expresan de forma negativa -motivada por la existencia de situaciones no deseables- el derecho de todo ser humano al reconocimiento de su dignidad personal. En este sentido, en aquellos centros en los que se impartan enseñanzas en diferentes modelos lingüísticos se fomentará la existencia de espacios y tiempos comunes con el fin de facilitar la convivencia entre el alumnado de los distintos modelos.

    Otra de las prioridades al respecto será el cultivo de la lectura a lo largo de toda la etapa, de forma intensa y progresiva, con el fin de que el hábito lector sea uno de los pilares básicos de la formación del alumnado. Para ello, entre otras acciones, se fomentará de modo permanente el uso de los fondos de la biblioteca escolar.

    Por otra parte, se analizará si se da respuesta adecuada, tanto a las necesidades y expectativas de aprendizaje comunes como a las de alumnos que aspiran a promocionar a niveles educativos ulteriores con la competencia curricular adecuada.

    -Proyecto Curricular:

    Durante el curso el curso 2001-2002, en el marco de los proyectos curriculares de etapa, los equipos docentes dedicarán una atención preferente a la posibilidad de articular las diferentes programaciones de aula de modo que se definan con precisión diferentes niveles de competencia en cada área de conocimiento y a través de todos los tramos educativos.

    La acertada distinción de niveles de profundidad acerca de los mismos contenidos temáticos permitirá desarrollar estrategias de enseñanza y aprendizaje que faciliten el trabajo en clase, tomando como referencia las diferentes posibilidades que los alumnos vayan manifestando, y los niveles de exigencia que se consideran adecuados para acceder con garantías ciertas al ciclo o etapa siguiente. Con ello se intentará garantizar la continuidad en la progresión del desarrollo de capacidades y en el rendimiento del alumnado a partir de los niveles alcanzados en los tramos educativos anteriores. Es importante recordar que la permanencia del alumnado en un determinado curso un año más ha de ir acompañada de las oportunas medidas curriculares y que conviene que se realice lo antes posible, con el fin de compensar cuanto antes las posibles deficiencias en el proceso de aprendizaje.

    Se prestará asimismo atención a la elaboración de programaciones específicas de los apoyos y refuerzos al aprendizaje del alumnado y de adaptaciones curriculares no significativas, lo cual...

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