ORDEN FORAL 50/1997, de 11 de abril, del Consejero de Salud, por la que aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para investigación y actuaciones en salud laboral, durante el año 1997.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 50/1997, de 11 de abril, del Consejero de Salud, por la que aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para investigación y actuaciones en salud laboral, durante el año 1997.Boletín Oficial de Navarra Número 54 - Fecha 05/05/1997

El Departamento de Salud considera necesaria la realización de una convocatoria pública para la concesión de subvenciones a Instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen programas de salud laboral, en el contexto de una participación de los agentes sociales.

Esta convocatoria debe garantizar su igualdad en las condiciones de acceso, y que su concesión responda a criterios objetivos, establecidos de acuerdo con las directrices promovidas por el Departamento de Salud a través de su Plan de Salud.

En su virtud,

ORDENO:

  1. 1. Se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización durante el año 1997, de programas de investigación y actuaciones en salud laboral, que complementen los que el Departamento de Salud, el Instituto Navarro de Salud Laboral y el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea deben desarrollar.

    1. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, financian actuaciones que se desarrollarán durante 1997.

  2. Podrán acogerse a las subvenciones que establece la presente Orden Foral las asociaciones e instituciones sin fin de lucro que, hallándose constituidas legalmente y estando al corriente de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social, desarrollen acciones o programas de promoción de la salud laboral en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra durante 1997.

  3. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  4. 1. Las solicitudes se dirigirán al Director General de Salud, según el modelo que se facilitará en el Departamento de Salud y en el Instituto Navarro de Salud Laboral. Las mismas, se presentarán por duplicado, en el Registro General del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, 2, Pamplona).

    1. La falta de veracidad en los datos aportados conllevará la denegación de la solicitud o, en su caso, la revocación de la ya concedida.

    2. La no justificación o el incumplimiento de compromisos adquiridos en las subvenciones concedidas por el Gobierno de Navarra en años anteriores, supondrá la no consideración de la solicitud correspondiente a la presente...

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