ORDEN FORAL 8/2000, de 25 de enero, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las cuantías de Renta Básica para el año 2000.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 8/2000, de 25 de enero, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las cuantías de Renta Básica para el año 2000.

El Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril, por el que se regula la Renta Básica, establece en el artículo 3.º el importe de la Renta Básica de la Unidad Perceptora, disponiendo en el apartado tercero del citado artículo, que anualmente se regulará la cantidad mínima a percibir, que no será inferior al 7% del Salario Mínimo Interprofesional.

Por cuanto antecede y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, el Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud,

ORDENA:

  1. Aprobar las cuantías de Renta Básica a percibir por Unidad Perceptora durante el año 2000, previstas en el artículo 3.º del Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril, de acuerdo con la siguiente

    TABLA DE IMPORTES

    1 persona hasta el 75% del S.M.I. hasta 53.010 pesetas

    2 personas hasta el 90% del S.M.I. hasta 63.612 pesetas

    3 personas hasta el 100% del S.M.I. hasta 70.680 pesetas

    4 personas hasta el 110% del S.M.I. hasta 77.748 pesetas

    5 personas hasta el 120% del S.M.I. hasta 84.816 pesetas

    6 o más personas...

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