ORDEN FORAL 408/2010, de 31 de diciembre, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones, en el año 2011, por el Instituto Navarro para la Igualdad, a asociaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro de Navarra dirigidas a fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Instituto Navarro para la Igualdad tiene como finalidad la consecución de la igualdad de género, promoviendo las condiciones que la faciliten y contribuyendo a la eliminación de todas las formas de desigualdad y discriminación de género en Navarra.

El I Plan de Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres de la Comunidad Foral de Navarra 2006-2010, cuyos objetivos y finalidades persisten hasta la aprobación de un nuevo Plan en la materia, en su Área Específica 8, "Empoderamiento y participación social y política de las mujeres, señala entre sus objetivos la necesidad de "difundir y sensibilizar a la sociedad navarra sobre la importancia de la participación social, política y sindical de las mujeres para la consecución de la igualdad real", así como "promover la presencia y participación de las mujeres en las organizaciones políticas y sindicales de la Comunidad Foral de Navarra", y "apoyar y promover la presencia y participación de las mujeres en el tejido asociativo navarro".

Asimismo, en el Área Específica 6, "Mujeres en el ámbito rural", se establecen los objetivos de "difundir y sensibilizar al conjunto de la sociedad navarra sobre la situación de las mujeres navarras en el medio rural", "promover la presencia y participación de las mujeres en las organizaciones políticas, sindicales, profesionales y sociales del medio rural de la Comunidad Foral de Navarra", y "favorecer la inserción laboral y el reconocimiento de las aportaciones de las mujeres en el desarrollo económico del medio rural".

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones del Instituto Navarro para la Igualdad a asociaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro de Navarra, dirigidas a fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres, en el año 2011.

  2. Aprobar las bases por las que se regirá esta convocatoria, que se recogen como anexo en la presente Orden Foral.

  3. Autorizar un gasto de doscientos setenta y cinco mil euros (275.000 euros) con cargo a la partida 930001 94000 4819 232200 "Transferencias a asociaciones de mujeres y otras entidades" del presupuesto de gasto del año 2010, o la partida presupuestaria análoga que se habilite en tal ejercicio, condicionado a la existencia de crédito en la misma.

  4. Trasladar esta Orden Foral al Instituto Navarro para la Igualdad y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 31 de diciembre de 2010.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, M.ª Isabel García Malo.

ANEXO

Bases reguladoras

Base 1.ª Objeto y finalidad.

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones por parte del Instituto Navarro para la Igualdad, a asociaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro de Navarra que desarrollen proyectos dirigidos a la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres, en cualquier ámbito de la vida, durante el año 2011.

Estas subvenciones se conceden con la finalidad de impulsar y promover la igualdad de género en el ámbito social y ciudadano.

Base 2.ª Entidades beneficiarias.

Podrán acogerse a la presente convocatoria las asociaciones de mujeres y otras entidades privadas sin ánimo de lucro.

Base 3.ª Requisitos.

  1. Estar constituidas conforme a la legislación vigente, dotadas de personalidad jurídica, e inscritas en el correspondiente registro.

  2. Desarrollar su actividad en la Comunidad Foral Navarra.

  3. Incluir expresamente, como objetivo en sus estatutos, su compromiso con la mejora de la situación de las mujeres o el avance hacia la igualdad real entre mujeres y hombres en cada uno de los distintos ámbitos de la vida.

    Base 4.ª Proyectos y gastos subvencionables y plazo de ejecución.

  4. La subvención se concederá para proyectos ejecutados entre el 1 de enero y el 9 de diciembre de 2011.

  5. Proyectos subvencionables.

    2.1. Actividades orientadas a dinamizar, motivar e impulsar el movimiento asociativo de las mujeres.

    2.2. Actividades que contribuyan al empoderamiento del movimiento asociativo de mujeres y de las mujeres en general.

    2.3. Actividades dirigidas a impulsar y consolidar la presencia y participación de las mujeres en la gerencia y dirección de las entidades sociales y políticas.

    2.4. Actividades de investigación, sensibilización y divulgación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, de promoción y defensa de los derechos de las mujeres y de generación de referentes y genealogías de mujeres.

    2.5. Actividades de formación (acciones formativas, talleres, grupos de reflexión y debates con enfoque de género).

    2.6. Actividades dirigidas a prevenir y eliminar la violencia que se ejerce contra las mujeres.

    2.7. Actividades dirigidas a reivindicar fechas de especial relevancia relacionadas con los derechos de las mujeres, tanto a nivel local o autonómico, como estatal e internacional.

    2.8. Actividades de intercambio, cooperación y encuentro entre asociaciones de mujeres de Navarra.

  6. Número de proyectos subvencionables.

    Cada entidad podrá presentar un único proyecto que se valorará de acuerdo con los criterios establecidos en la base 8.ª, apartado 3.

    No obstante, aquellas entidades que organicen y desarrollen en el año 2011 un proyecto de intercambio, cooperación y encuentro entre asociaciones de mujeres de Navarra, a los que se refiere el apartado 2.8 de la presente base, podrán presentar éste como segundo proyecto.

  7. Gastos subvencionables.

    Las subvenciones estarán destinadas exclusivamente a financiar los siguientes conceptos de gasto:

    4.1. Gastos directos:

    1. Asistencia técnica (contratación de empresas, honorarios de ponentes, desplazamientos, dietas y alojamiento).

      En caso de contratación de una empresa para el desarrollo del proyecto, ésta deberá certificar que cuenta con personal con formación y experiencia en materia de políticas de igualdad, siendo este personal el responsable directo de la ejecución del proyecto.

    2. Gastos de publicación de materiales y publicidad de las actividades subvencionadas.

    3. Gastos de alquiler de equipamientos o material fungible para el desarrollo de la...

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