ORDEN FORAL 30/1997, de 13 de marzo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la Convocatoria de Subvenciones a Entidades Locales para el desarrollo de Programas de Juventud y Servicios de Información Juvenil oficialmente reconocidos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 30/1997, de 13 de marzo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la Convocatoria de Subvenciones a Entidades Locales para el desarrollo de Programas de Juventud y Servicios de Información Juvenil oficialmente reconocidos.Boletín Oficial de Navarra Número 42 - Fecha 07/04/1997

El Decreto Foral 594/1995, de 18 de diciembre, regula el régimen general de carácter institucional en materia de Deporte y Juventud, estableciendo que podrán otorgarse subvenciones a Entidades Locales de Navarra para el desarrollo de programas de juventud y para el funcionamiento de Servicios de Información Juvenil de las mismas oficialmente reconocidos.

En virtud del Decreto Foral 334/1996, de 23 de septiembre, se produjo el cambio de denominación, con la consiguiente atribución de competencias en materia de juventud, del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

Con el fin de regular de forma unitaria por razón del beneficiario, el régimen de concesión de subvenciones que hasta ahora venían rigiéndose por las Ordenes Forales 81/1996 y 83/1996, de 27 de febrero del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, facilitando y fomentando la actuación de las Entidades Locales en este ámbito, procede aprobar una nueva Orden Foral que establezca el régimen de subvenciones a las mismas.

En consecuencia y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4.º, del Decreto Foral 594/1995, de 18 de diciembre,

ORDENO:

  1. Aprobar la Convocatoria de Subvenciones a Entidades Locales para el desarrollo de Programas de Juventud y Servicios de Información Juvenil oficialmente reconocidos, conforme a las bases que se incluyen como anexo a la presente Orden Foral.

  2. La publicación de las bases de la Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  3. La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  4. Trasladar la presente Orden Foral al señor Interventor Delegado del Departamento de Economía y Hacienda, al Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a su Sección de Administración y de Infraestructuras Deportivas y Juveniles, a la Subdirección de Juventud y al BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, trece de marzo de mil novecientos noventa y siete.-El Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, Calixto Ayesa Dianda.

A N E X O

Bases

  1. Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión...

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