ORDEN FORAL 15/2003, de 8 de agosto, del Consejero de Agricultura,Ganadería y Alimentación, por la que se modifica la Orden Foral de 1de marzo de 2002, por la que se regula el procedimiento para lasolicitud, tramitación y concesión de las ayudas para el sector deforrajes desecados.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 15/2003, de 8 de agosto, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se modifica la Orden Foral de 1 de marzo de 2002, por la que se regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas para el sector de forrajes desecados.

Por Orden Foral de 1 de marzo de 2002, se reguló el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas para el sector de forrajes desecados. Esta Orden ha sido objeto de modificaciones por Orden Foral de 17 de marzo de 2003. Conviene de nuevo establecer algunas modificaciones y ajustes en la misma para que se facilite la actuación de agricultores y empresas de transformación. En este sentido, conviene destacar que el establecimiento de una franja horaria para las entregas de materias primas a las industrias de transformación ha resultado ser una medida efectiva y adecuada para mejorar los controles correspondientes. No obstante, por demanda del sector se modifica el horario establecido.

Las modificaciones han sido propuestas por el órgano gestor de las ayudas, el Servicio de Agricultura, y afectan a los artículos 4.º y 10.º

En su virtud, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 36.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo único _Se modifican los artículos 4.º y 10.º de la Orden Foral de 1 de marzo de 2002, modificada por la por la Orden Foral de 17 de marzo de 2003, que regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas para el sector de forrajes desecados.
  1. Entre el segundo y tercer párrafos de la letra c) del artículo 4 se añade el siguiente párrafo:

    Cuando la empresa de transformación pretenda fabricar forrajes secados al sol de forma simultánea a la fabricación de forrajes deshidratados, podrá realizar dicha operación, como máximo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR