ORDEN FORAL 71/2013, de 1 de marzo, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifican ficheros automatizados de datos de carácter personal, dependientes del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o en el Diario oficial correspondiente.

Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Por Orden Foral 120/2008, de 26 de marzo, se crearon, modificaron y suprimieron diversos ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

La aparición de nuevas necesidades en el ejercicio de las competencias propias del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente determinó la necesidad de modificar ciertos aspectos de algún fichero ya declarado y la supresión de otros ficheros declarados por falta de uso o su sustitución por otros. Esta exigencia se realizó a través de la Orden Foral 183/2012, de 13 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se modifican y suprimen dicheros automatizados de datos de carácter personal dependientes del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Por Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 11/2012, de 22 de junio, se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, que se organiza entre otros con el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

En artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, por el que se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, dispone que “la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero”.

En cumplimiento del citado precepto y como resultado de la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local que establece el Decreto Foral 70/2012, de 25 de julio, procede modificar las menciones relativas a la unidad orgánica responsable del fichero y el servicio o unidad ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los ficheros de datos de carácter personal dependientes de Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Visto el informe de la Sección de Régimen Jurídico de Desarrollo Rural y Agrario.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido...

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