ORDEN FORAL de 14 de febrero de 2000, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, sobre lugares de propiedad colectiva municipal a efectos de la ayuda específica del régimen de primas de ovino y caprino.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 14 de febrero de 2000, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, sobre lugares de propiedad colectiva municipal a efectos de la ayuda específica del régimen de primas de ovino y caprino.

La Sección de Producción Animal del Servicio de Ganadería, que gestiona las ayudas públicas a los productores de ovino y caprino, ha puesto de manifiesto, al aplicar el artículo 1 bis del Reglamento 2700/93, en la redacción dada por el artículo 1 del Reglamento (CE) número 1256/96 de la Comisión de 30 de julio de 1996, el problema surgido en relación a la consideración como zona desfavorecida o no de determinados lugares de propiedad colectiva municipal y que tradicionalmente se utilizan para la alimentación natural de ganado ovino y caprino: la Sierra de Aralar, las Bardenas Reales de Navarra y determinadas facerías.

La Dirección General de Agricultura y Ganadería propone al respecto que en estos casos se interprete que tales lugares deben considerarse atendiendo a la existencia o no de la cotitularidad de una entidad local perteneciente a un municipio calificado como zona desfavorecida en la normativa comunitaria aprobada al efecto en desarrollo de la precedente Directiva 75/268/CEE, del Consejo, de 28 de abril de 1975, sobre agricultura de montaña y de determinadas zonas desfavorecidas.

Con este criterio interpretativo se asegura un tratamiento igual a los productores de ovino y de caprino en la aplicación de las normas, puesto que no se introducen discriminaciones entre beneficiarios por razón del origen del ganado.

En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que me atribuye el artículo 36.2.b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo único A los solos efectos de obtener la ayuda específica del régimen de la prima por ovino y caprino, prevista en la normativa comunitaria, se entenderá que forman parte de las zonas desfavorecidas existentes...

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