ORDEN FORAL de 14 de abril de 1997, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen ayudas a mataderos por medidas preventivas contra la encefalopatía espongiforme bovina.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 14 de abril de 1997, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen ayudas a mataderos por medidas preventivas contra la encefalopatía espongiforme bovina.Boletín Oficial de Navarra Número 54 - Fecha 05/05/1997

La encefalopatía espongiforme bovina (EEB) es una zoonosis del ganado bovino cuyos procesos de transmisión aún no son bien conocidos y cuya prevención ha exigido la adopción de determinadas medidas, entre otras, la eliminación de determinados tejidos y órganos de los animales vivos procedentes de Francia, Irlanda, Portugal y Suiza.

Esta eliminación, que debe efectuarse de acuerdo con la Resolución de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 4 de julio de 1996, y con la Orden Foral 190/1996, de 27 de agosto, del Consejero de Salud, implica unos costes añadidos a los mataderos.

Teniendo en cuenta el estado actual del problema, parece procedente establecer transitoriamente ayudas a los mataderos que lleven a cabo la citada eliminación y destrucción de tejidos y órganos, para paliar los citados costes.

En su virtud,

DISPONGO:

  1. Se establecen ayudas a los mataderos ubicados en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra que realicen en su integridad la destrucción de sesos, médulas espinales, ojos, timos, amígdalas, bazos e intestinos de animales bovinos de explotaciones radicadas en Navarra, que procedan de Francia, Irlanda, Portugal y Suiza, conforme a lo dispuesto en los puntos 1.º y 2.º, apartados 1 y 2, de la Orden Foral 190/1996, de 27 de agosto, del Consejero de Salud.

  2. Las ayudas se aplicarán a paliar los costos añadidos al proceso de sacrificio, por faenado, evacuación y limpieza, y los costos de tratamiento y eliminación de los despojos, y consistirán en subvenciones a fondo perdido de hasta 7 pesetas por kg./canal.

  3. Los mataderos interesados podrán solicitar las ayudas dentro del primer semestre de 1997, incluyendo en la solicitud una memoria descriptiva del proceso que siguen para el tratamiento y la eliminación de los despojos, la previsión de sacrificio, hasta fin de año, de animales bovinos procedentes de Francia, Irlanda, Portugal y Suiza (número de animales, media de...

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