ORDEN FORAL de 30 de diciembre de 1999, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, por la que se regula el régimen de concesión de ayudas a las pequeñas y medianas empresas industriales, de construcción y extractivas, para inversiones en adaptación de equipos de trabajo o en medidas técnicas de protección colectiva, durante el...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 30 de diciembre de 1999, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, por la que se regula el régimen de concesión de ayudas a las pequeñas y medianas empresas industriales, de construcción y extractivas, para inversiones en adaptación de equipos de trabajo o en medidas técnicas de protección colectiva, durante el año 2000.

Teniendo en cuenta la necesidad de fomentar y mejorar el adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, en consonancia con los programas de prevención del plan de salud de Navarra aprobado por el Gobierno, la Ley Foral de Presupuestos Generales para el ejercicio del año 2000, establece, con esa finalidad, una partida presupuestaria.

Con la intención de coadyuvar a la consecución de ese objetivo, se estima conveniente el conceder ayudas a las pequeñas y medianas empresas industriales, de la construcción o extractivas para que puedan adaptar sus equipos de trabajo a las nuevas exigencias de la normativa sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud o puedan sustituir las medidas técnicas de protección colectivas inadecuadas por otras nuevas acordes con las disposiciones sobre prevención de riesgos laborales.

En su virtud, de conformidad con las facultades atribuidas por el artículo 5 de la Ley foral 8/1997, de 9 de junio que regula el régimen general para concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos.

ORDENO:

Artículo 1 º Objeto.

La presente Orden Foral tiene por objeto el regular el régimen de concesión de ayudas a las pequeñas y medianas empresas, tanto industriales, como de construcción y extractivas, que realicen inversiones, bien en la adaptación de los equipos de trabajo o en la sustitución de las medidas técnicas de protección colectiva, respectivamente, exigidas por las disposiciones sobre Prevención de Riesgos Laborales.

Artículo 2 º Beneficiarios.

Podrán beneficiarse de las presentes ayudas las pequeñas y medianas empresas extractivas e industriales, códigos C y D, y las de la construcción, código F de la CNAE-93, que realicen, durante el año 2000, en sus centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, las inversiones en capital fijo reguladas en la presente norma.

A efectos...

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