DECRETO FORAL 33/2004, de 9 de febrero, por el que se modifica el Decreto Foral 233/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 33/2004, de 9 de febrero, por el que se modifica el Decreto Foral 233/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.

Por Decreto Foral 233/2003, de 15 de julio, se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.

En el mencionado Decreto Foral se delimitan las funciones de los Servicios en los que se estructura el Departamento de Educación sin que se indique el sector de competencias que, dentro de las correspondientes al servicio, tienen asignadas las Secciones que tienen adscritas.

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 49 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, el presente Decreto Foral tiene por objeto señalar el sector de competencia que, dentro de las funciones correspondientes al servicio en el que se integran, tiene asignado cada Sección.

Por otra parte, se estima conveniente introducir una rectificación en la relación de las funciones que según el artículo 25 del Decreto Foral 233/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, corresponden a la Secretaría Técnica.

En consecuencia,a propuesta del Consejero de Educación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el dia nueve de febrero de dos mil cuatro,

DECRETO:

Artículo único _Se modifican los artículos, 16, 22, 24, 25 y 27 delDecreto Foral 233/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, que quedarán redactados en los siguientes términos:

"Artículo 16. Las funciones que ejercerán las Secciones adscritas a los Servicios de la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales son las siguientes:

  1. Sección de Obras y Equipamiento:

    _Planificar las necesidades de infraestructuras educativas a corto, medio y largo plazo en la Comunidad Foral de Navarra.

    _Planificar, ejecutar y controlar obras de Centros Educativos dependientes del Gobierno de Navarra.

    _Planificar, ejecutar y controlar obras necesarias en el Departamento de Educación.

    _Coordinar con la Sección de Mantenimiento de Centros y Dependencias del Departamento los equipamientos de los nuevos Centros o dependencias educativas.

    _Planificar, ejecutar y controlar obras de infraestructura no educativa que se le encomiende.

    _Convocar, gestionar y controlar las subvenciones a las entidades locales para obras en materia educativa.

    _Convocar, gestionar y controlar las subvenciones a Centros de Iniciativa Social, para obras en materia educativa.

    _Realizar las Reparaciones de obra civil necesarias, en los edificios escolares pertenecientes al Gobierno de Navarra.

    _Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines.

  2. Sección de Mantenimiento de Centros y Dependencias del Departamento:

    _Planificar y controlar el Mantenimiento de Instalaciones de los Centros Educativos, pertenecientes al Gobierno de Navarra.

    _Velar por la realización de un Mantenimiento adecuado en los Centros de entidad Municipal.

    _Controlar el cumplimiento de la Normativa de Seguridad, referente a evacuación de edificios, dotaciones, instalaciones, comedores, etc., en los Centros Escolares dependientes del Gobierno de Navarra.

    _Planificar, ejecutar y controlar los planes de equipamiento didáctico y de infraestructura, en todos los Centros educativos dependientes del Gobierno de Navarra.

    _Planificar y atender las necesidades, tanto de instalaciones, como de dotaciones, del Departamento de Educación.

    _Velar por la seguridad del Departamento de Educación, así como por laspersonas que se encuentren en el mismo.

    _Coordinar con la Sección de Obras y Equipamiento los equipamientos de los nuevos Centros o dependencias educativas.

    _Coordinar con Telecomunicaciones del Gobierno de Navarra y con el Servicio de Planificación del Departamento de Educación, la instalación de redes informáticas y comunicaciones en los Centros Educativos de la red Pública.

    _Planificar y controlar los contratos de limpieza en los Centros Educativos pertenecientes al Gobierno de Navarra, así como del propio Departamento.

    _Convocar, gestionar y controlar las subvenciones a Centros de Iniciativa Social, para dotaciones en materia educativa.

    _Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines.

  3. Sección de Centros Escolares y de su financiación:

    _Asignar y gestionar créditos a los Centros Públicos para su funcionamiento ordinario y apoyo técnico para su correcta aplicación.

    _Gestionar los conciertos educativos y subvenciones regladas a los Centros Privados y Concertados en sus niveles educativos escolares y profesionales.

    _Proponer y gestionar las subvenciones a las Entidades Locales para el funcionamiento de las concentraciones escolares y otros centros públicos escolares que de ellos dependan, así como las subvenciones para inversiones, obras y equipamiento.

    _Informar, tramitar y proponer los expedientes de autorización para la creación, puesta en funcionamiento, modificación y supresión de los centros docentes.

    _Gestionar y proponer las autorizaciones que procedan de uso de los edificios de enseñanza dependientes de la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales.

    _Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines.

  4. Sección de Ayudas al Estudio:

    _Proponer, gestionar y controlar convocatorias de becas y ayudas al estudio.

    _Autorizar y, en su caso, planificar, con la colaboración del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, y elaborar propuestas de convocatoria, gestión y control de los servicios complementarios de transporte y comedores escolares.

    _Preparar y proponer la resolución de convocatorias relativas a las actividades extra escolares en los centros educativos.

    _Gestionar y proponer convocatorias de ayudas a las Asociaciones y Federaciones de Alumnado y de Madres y Padres de Alumnado de niveles educativos escolares y profesionales.

    _Instruir los expedientes administrativos correspondientes a las funciones antedichas.

    _Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines.

  5. Sección de Ordenación Académica:

    _Estudiar y proponer el desarrollo legislativo requerido por el sistema educativo vigente.

    _Elaborar y proponer la normativa académica y organizativa.

    _Registrar, catalogar y archivar la normativa aprobada por las Administraciones educativas a nivel estatal y autonómico._Incluir los planes de estudio en el registro de enseñanzas regladas.

    _Tramitar y resolver las propuestas de expedición de títulos académicos y convalidación de estudios.

    _Expedir certificaciones académicas, así como tramitar y, en su caso, resolver los expedientes de homologación de títulos y convalidación de estudios.

    _Llevar el Registro de Estudios y Especialidades, así como el de Diplomas y Títulos.

    _Elaborar y actualizar los contenidos académicos de los distintos niveles y modalidades de las enseñanzas escolares.

  6. Sección de Innovación Educativa:

    _Elaborar y actualizar los contenidos académicos de los distintos niveles y modalidades de las enseñanzas escolares.

    _Coordinar y servir de apoyo a la labor orientadora de los centros educativos y particularmente a los Departamentos de Orientación y unidades de apoyo educativo, en colaboración con otros servicios del Departamento.

    _Proponer, aprobar, ejecutar y evaluar los programas de innovación y los proyectos de experimentación educativa en colaboración con otros servicios.

    _Determinar la intervención que, en el proceso interno de adopción de los libros de textos y demás materiales curriculares, corresponde a los órganos del centro.

    _Facilitar el conocimiento y difusión de los recursos didácticos existentes.

  7. Sección de Formación del Profesorado:

    _Determinar las necesidades de formación del profesorado en función de la situación real y de las previsiones derivadas del sistema educativo.

    _Elaborar y ejecutar el plan de formación del profesorado en coordinación con los otros Servicios de la Dirección General.

    _Gestionar y coordinar los Centros de apoyo al profesorado y de recursos.

    _Elaborar y efectuar, en coordinación con el Servicio correspondiente dela Dirección General de Universidades y Política Lingüística, el seguimiento de la ejecución de los convenios de colaboración con los centros e instituciones universitarios responsables de la formación inicial y permanente así como con otras instituciones que se ocupen del perfeccionamiento del profesorado.

    _Elaborar y gestionar las convocatorias para la concesión de ayudas al profesorado necesarias para facilitar su formación.

  8. Sección de Enseñanzas de Régimen Especial:

    _Colaborar con la Sección de Ordenación Académica en el estudio y propuesta de del desarrollo legislativo requerido por el sistema educativo vigente en lo referente a las enseñanzas de idiomas y musicales.

    _Promover, coordinar y hacer el seguimiento de los programas de innovación y los proyectos de experimentación educativa referidos a lenguas extranjeras y música, especialmente los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR