DECRETO FORAL 330/1998, de 16 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 427/1996, de 30 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Por Decreto Foral 427/1996, de 30 de septiembre, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda.

En el momento actual se considera conveniente modificar dicha estructura en aras a lograr una mayor eficacia y racionalidad en la actuación de las unidades administrativas dependientes del Servicio de Patrimonio, mediante la supresión de una de las Secciones integrantes del mismo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y ocho,

DECRETO:

Artículo único Se modifican los artículos del Decreto Foral 427/1996, de 30 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda, que se relacionan a continuación:
  1. Se suprimen la letra c) del artículo 11 y el artículo 22.

  2. Se da nueva redacción al artículo 21 con el siguiente contenido:

Artículo 21. La Sección de Contratación y Seguros ejercerá las siguientes funciones:

-La elaboración de proyectos normativos en las materias correspondientes al Servicio de Patrimonio y, en colaboración con otros Departamentos, en materia de contratación administrativa.

-Las labores de Secretaría de la Junta de Contratación Administrativa.

-La llevanza del Registro de Contratos.

-Velar por la legalidad de la contratación y adoptar cuantas medidas sean necesarias para lograr la máxima coordinación, economía y eficacia de los contratos que celebre la Administración de la Comunidad Foral, en especial de los contratos de suministros.

-La tramitación de los expedientes de contratación en materia de suministros cuya adjudicación sea competencia del Departamento de Economía y Hacienda.

-La tramitación de los expedientes de contratación del seguro de responsabilidad patrimonial y del seguro de daños de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos, a excepción del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y Centros dependientes del mismo en lo que respecta al primero de los seguros citados.

-El asesoramiento jurídico en los expedientes de contratación que se tramiten por el Departamento de Economía y...

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