DECRETO FORAL 50/2008, de 12 de mayo, por el que se modifica el Decreto Foral 122/2007 de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Junio de 2008
SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Mediante el Decreto Foral 122/2008, de 3 de septiembre, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Educación, que recogía todos los órganos del mismo hasta el nivel de Sección, con su adscripción y funciones.

Este Decreto Foral tiene por objeto reorganizar parte de las funciones que venían encomendadas al Servicio de Recursos Humanos y potenciarlas, adscribiendo una de las unidades dependientes de dicho Servicio a un Servicio de nueva creación con competencias en materia de nóminas y control presupuestario, del que formará parte también una Sección de otro de los Servicios de la Dirección General de Inspección y Servicios.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día doce de mayo de dos mil ocho,

DECRETO:

Artículo 1 Se Modifica el artículo 52 del Decreto Foral 122/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, que queda redactado con el siguiente contenido:

"Artículo 52. Estructura de la Dirección General de Inspección y Servicios.

La Dirección General de Inspección y Servicios se estructura en los siguientes Servicios:

  1. Servicio de Inspección Técnica y de Servicios.

  2. Servicio de Recursos Humanos.

  3. Servicio de Centros y Ayudas al Estudio.

  4. Servicio de Obras y Mantenimiento

  5. Servicio de Nóminas y Control Presupuestario

Artículo 2 Se modifica el artículo 54 del Decreto Foral 122/2008, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, que queda redactado con el siguiente contenido:

Artículo 54. Funciones del Servicio de Recursos Humanos.

El Servicio de Recursos Humanos ejercerá, con relación a las materias propias de su ámbito de gestión, las funciones previstas en este Decreto Foral y específicamente las siguientes:

-La ejecución, coordinación y control de las atribuciones que, en materia de personal tenga asignadas el Director General de Inspección y Servicios.

-La tramitación de los expedientes en materia de personal que correspondan al Departamento de Educación.

-La tramitación de los nombramientos, tomas de posesión, destino, cese y otras incidencias de personal, así como de los asuntos relativos al régimen jurídico del personal del Departamento.

-La elaboración de la plantilla orgánica, de la oferta pública de empleo del Departamento y la preparación para el anteproyecto de Presupuestos de Capítulo I, en colaboración con los demás...

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