DECRETO FORAL 14/2002, de 14 de enero, por el que se modifica el Decreto Foral 259/1992, de 20 de julio, por el que se establecen diversos programas de ayudas al empleo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 14/2002, de 14 de enero, por el que se modifica el Decreto Foral 259/1992, de 20 de julio, por el que se establecen diversos programas de ayudas al empleo.

El Decreto Foral 259/1992, de 20 de julio, modificado por el Decreto Foral 240/1999, de 21 de junio, contiene diversos programas propios del Gobierno de Navarra destinados a la creaciÛn de empleo, subvencionando la contrataciÛn de titulados sin experiencia y el establecimiento como autÛnomos de personas desempleadas.

El importe de las subvenciones que se conceden a trabajadores que se establezcan como autÛnomos ha quedado desfasado y se ha puesto de relieve la mayor dificultad en encontrar empleo por determinados colectivos.

De acuerdo con lo anterior, el Gobierno cree conveniente aumentar las subvenciones al establecimiento como autÛnomos, e incrementar la subvenciÛn a determinados colectivos, para favorecer la consecuciÛn de los fines de creaciÛn de empleo previstos en los programas.

Por otra parte, se hace preciso modificar los importes de las subvenciones para adaptarlos al euro.

En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Industria y TecnologÌa, Comercio, Turismo y Trabajo y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesiÛn celebrada el dÌa catorce de enero de dos mil dos,

DECRETO:

ArtÌculo 1 ∫ Se modifican los artÌculos 10.2, 13, 14, 15. a) y c) y 24.3 del Decreto Foral 259/1992, de 20 de julio, que tendr·n la siguiente redacciÛn:

"ArtÌculo 10. 2. La subvenciÛn, a fondo perdido, consistir· en 1.805 euros por cada contrato suscrito en las condiciones establecidas."

"ArtÌculo 13. El Departamento de Industria y TecnologÌa, Comercio, Turismo y Trabajo subvencionar· a los trabajadores desempleados que se establezcan como autÛnomos, bien de forma individual, o bien agrupados en sociedades, que no sean cooperativas ni sociedades laborales, en la cuantÌa y condiciones que se establecen en el presente Decreto."

"ArtÌculo 14. La cuantÌa de la subvenciÛn ser· de 3.610 euros con car·cter general, increment·ndose esta cantidad en 300 euros, cuando el solicitante sea mayor de 40 aÒos o sea...

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