DECRETO FORAL 77/2008, de 23 de junio, por el que se modifica el Decreto Foral 189/2004, de 3 de mayo, por el que se regula el símbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilización.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Junio de 2008
SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Foral 24/2003, de 4 de abril, de Símbolos de Navarra, establece que el Gobierno de Navarra podrá adoptar como imagen corporativa un logotipo del escudo oficial de Navarra como solución de diseño gráfico más simplificado y actualizado a los gustos estéticos de cada época.

En desarrollo de esta previsión, se aprobó el Decreto Foral 189/2004, de 3 de mayo, por el que se regula el símbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilización, cuyo artículo 2 señala que el conjunto gráfico en él recogido será el símbolo exclusivo y obligado de todas y cada una de las unidades de la Administración de la Comunidad Foral y de sus Organismos Autónomos.

No obstante lo anterior, resulta razonable que, junto al símbolo oficial, y sin que ello pueda provocar confusión en cuanto a la imagen corporativa del Gobierno de Navarra, se permita la utilización ocasional o temporal de otro símbolo o logotipo por estar identificados con un evento, iniciativa, o actuación especialmente destacable promovida por el Gobierno de Navarra que se quiera dar a conocer entre la población.

Para posibilitar esta concurrencia de símbolos es preciso modificar el citado Decreto Foral 189/2004, de 3 de mayo, e introducir la oportuna previsión.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintitrés de junio de dos mil ocho,

DECRETO:

Artículo único Modificación del Decreto Foral 189/2004, de 3 de mayo, por el que se regula el símbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilización.

Se modifica el Decreto Foral 189/2004, de 3 de mayo, por el que se regula el símbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilización, mediante la adición de un nuevo artículo 6 con la siguiente redacción:

Artículo 6.

1. Excepcionalmente, y mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra, se podrá autorizar o disponer la utilización, junto al símbolo oficial, de otro símbolo, logotipo o la combinación de ambos, siempre que sean identificativos de una iniciativa, actuación o evento especialmente destacable promovido por el Gobierno de Navarra, y su...

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