ORDEN FORAL 731/2002, de 7 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de varias modificaciones de las Normas Subsidiarias de Cabanillas, promovidas por el Ayuntamiento de dicha localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 731/2002, de 7 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de varias modificaciones de las Normas Subsidiarias de Cabanillas, promovidas por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Cabanillas ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, un expediente de modificación de las Normas Subsidiarias y que afectan a:

-Modificación Sectores de Suelo Urbanizable Ordenado: A y B; (prolongación calle Planas y zona carretera en dirección a Tudela, lindante a casco urbano).

-Modificación de la altura máxima permitida en Area de almacenes (Capítulo 9, artículo 7.9.6).

-Calificación como Espacio Público, de parte de la parcela 215 del Polígono 1, de Urbana, de propiedad privada.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de varias modificaciones de las Normas Subsidiarias de Cabanillas, promovidas por el Ayuntamiento de dicha localidad.

  2. Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra la presente modificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo...

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