DECRETO FORAL 369/2004, de 13 de diciembre, por el que se modificalos módulos económicos de los conciertos educativos fijados en elAnexo 1.º de la Disposición Adicional Decimoséptima de la Ley Foral34/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarrapara el ejercicio del año 2004.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 369/2004, de 13 de diciembre, por el que se modifica los módulos económicos de los conciertos educativos fijados en el Anexo 1.º de la Disposición Adicional Decimoséptima de la Ley Foral 34/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2004.

El artículo 39 de la Ley Foral 34/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2004, faculta al Gobierno de Navarra para modificar los módulos económicos establecidos en la Disposición Adicional Decimoséptima y las cuotas fijadas en los apartados cuatro y cinco del mismo artículo, con el límite de los créditos presupuestarios aprobados en la mencionada Ley Foral 34/2003, en el Proyecto denominado"Subvenciones a la Enseñanza Privada", con objeto de fijar los incrementos retributivos, las relaciones profesor/unidad concertada adecuadas para impartir el plan de estudios vigente en cada nivel educativo objeto de concierto, la antigüedad, los complementos de cargo directivo o cualesquiera otros aspectos que favorezcan la mejora de la calidad de la educación. Dicha modificación está condicionada a un acuerdo previo con el sector de la enseñanza concertada.

Con fecha 25 de noviembre de 2004 se suscribió la prórroga del Acuerdo de mejora de la calidad educativa y mejoras sociales en el sector de la enseñanza concertada, con un incremento del 3,2 por 100 en los conceptos de "Salariales" y "Otros Gastos" para el año 2004. Dicho Acuerdo se alcanzó entre las organizaciones empresariales y de titulares de la enseñanza privada concertada de Navarra y los sindicatos más representativos del sector.

El Departamento de Educación ha comprobado que dicho Acuerdo se ajusta a las disponibilidades presupuestarias del ejercicio 2004.

Por todo ello, el Departamento de Educación, a la vista del contenido del Acuerdo de 25 de noviembre, eleva al Gobierno de Navarra todo lo actuado y propone la modificación de los módulos económicos de la Disposición Adicional Decimoséptima de la Ley Foral 34/2003, previa comprobación de que no se ha rebasado el límite de los créditos presupuestarios aprobados en dicha Ley Foral en el Proyecto denominado "Subvenciones a la enseñanza privada".

En su virtud,a propuesta del Consejero de Educación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día trece de diciembre de dos mil cuatro,

DECRETO:

Artículo 1 Se sustituye el Anexo 1.º de la Disposición AdicionalDecimoséptima de la Ley Foral 34/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2004, de conformidad con el artículo 39 de la misma Ley Foral, por el Anexo único al presente Decreto Foral, donde se fijan losimportes anuales de los módulos económicos aplicables desde enero hasta diciembre de 2004.
Artículo 2

El apoyo a la función directiva, de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de diciembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes, requiere una financiación que se concreta en que todos los módulos económicos por unidad escolar de los distintos niveles y modalidades educativas que se fijan en el Anexo alpresente Decreto Foral, con excepción de las unidades de formación en centros de trabajo, llevan incorporados en el concepto de otros gastos 589,39 euros anuales, para la financiación de otros cargos de la función directiva y/o pedagógica, independientemente del complemento de dirección que sigue incorporado al apartado de "gastos variables".

Disposiciones Finales
DISPOSICION FINAL PRIMERA

El presente Decreto Foral tendrá efectos desde el 1 de enero de 2004.

DISPOSICION FINAL SEGUNDA

Se autoriza al Consejero de Educación a dictar cuantas disposiciones sean precisas para el cumplimento del presente Decreto Foral.

Pamplona, 13 de diciembre de 2004._El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma._El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.

A N E X O

PRIMERA PARTE

Módulos anuales y ratios de los diferentes niveles educativos aplicables desde enero hasta agosto de 2004

  1. CICLO DE INFANTIL 1,12 34.398,10 75,36 3.886,71 8,52 7.359,80 16,12 45.644,61

    EDUCACION PRIMARIA 1,28 39.312,11 74,73 5.494,70 10,44 7.801,47 14,83 52.608,28

    E.S.O. PRIMER CICLO 1,52 47.716,38 73,85 7.651,26 11,84 9.246,77 14,31 64.614,41

    E.S.O. SEGUNDO CICLO 1,59 57.383,35 72,17 11.752,25...

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