ORDEN FORAL 62/2009, de 23 de abril, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifican las bases de la convocatoria de las Becas Navarra, enmarcada en el Plan Internacional de Navarra 2008-2011, aprobadas por Orden Foral 19/2009, de 9 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Orden Foral 19/2009, de 9 de febrero, se aprobó la línea de subvención correspondiente a las Becas Navarra, enmarcada en el Plan Internacional de Navarra 2008-2011, así como su convocatoria para el año 2009.

Una vez aprobada la citada convocatoria, se ha valorado la conveniencia de ampliar el ámbito de los posibles beneficiarios, al observar que al igual que los licenciados o poseedores de titulaciones equivalentes, los diplomados o asimilados pueden acceder también a los programas de master de contrastado prestigio ofertados por Universidades extranjeras, por lo que se estima que con esta medida el objetivo perseguido a través de las Becas Navarra se conseguirá de forma plena.

Es por ello que se entiende procedente modificar la convocatoria en el sentido de extender el ámbito de los posibles beneficiarios a los diplomados y demás personas con titulación asimilada a la diplomatura.

Visto el informe preceptivo y contando con el visto bueno de la Intervención.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1.e) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente,

ORDENO:

Primero.-Modificar el artículo 4 del Anexo de la Orden Foral 19/2009, de 9 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba la línea de subvención correspondiente a las Becas Navarra, enmarcada en el Plan Internacional de Navarra 2008-2011, así como su convocatoria para el año 2009, quedando redactado del siguiente modo:

"Artículo 4. Ámbito material.

Las becas previstas en la presente Orden Foral están destinadas a la formación de personas vinculadas a Navarra, que tengan la condición de tituladas superiores o de diplomadas, en programas de master en el extranjero para que desarrollen su actividad profesional en beneficio de la Comunidad Foral de Navarra, incorporándose a sus empresas u organismos o desarrollando su trabajo en puestos de interés para Navarra".

Segundo.-Modificar la letra c) del número 1 del artículo 8 del Anexo de la Orden Foral 19/2009, de 9 de febrero, antes citada, quedando redactada dicha letra del siguiente modo:

"c) Estar en, al menos, una de las dos siguientes situaciones: estar en posesión o haber solicitado el título de enseñanzas universitarias oficiales, con grado de licenciatura, o equivalente, o con grado de diplomatura, o equivalente, habiendo abonado los correspondientes derechos o, en su defecto, estar matriculado en el último curso de una titulación de las...

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