DECRETO FORAL 33/2008, de 14 de abril, por el que se modifican los Estatutos de la Agencia Navarra para la Dependencia aprobados por Decreto Foral 184/2007, de 10 de septiembre.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Abril de 2008
SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
EXPOSICION DE MOTIVOS

Mediante Decreto Foral 184/2007, de 10 de septiembre, se aprobaron los Estatutos de la Agencia navarra para la Dependencia, organismo autónomo adscrito a la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, encargado de la gestión y coordinación de las prestaciones de la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general para la dependencia y para la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia en Navarra.

El citado organismo autónomo cuenta con un Consejo de Gobierno, una Dirección Gerencia y tres Subdirecciones como órganos directivos. Una de éstas, la Subdirección de Gestión y Recursos Humanos tiene, entre sus funciones, la de gestionar las inversiones para obras, instalaciones y equipamientos en los centros propios y en aquellos que le sean encomendados, así como la de planificar, coordinar y controlar el aprovisionamiento de bienes y servicios de los centros propios.

Dependiendo de esta Subdirección, la Sección de Inversiones y Obras debe ejercer, según este Decreto Foral, las funciones relativas, no sólo a la gestión, planificación, promoción y control de las obras realizadas o a realizar en los centros propios, sino además la de promover las convocatorias para la realización de obras, prestación de servicios y asistencia técnica o adquisición de suministros, en coordinación con el Servicio de Planificación e Infraestructuras de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo. Por otro lado, se encomiendan también a esta Sección las mismas funciones con respecto a los contratos de suministros que deban realizarse para abastecer los centros propios del organismo autónomo.

Esta multiplicidad de funciones, unida al hecho de que la nueva Ley Foral de Servicios Sociales apuesta por un sistema público de servicios sociales en los que la responsabilidad sobre los mismos recae en la Administración, hace que resulte conveniente dividir esta Sección en dos distintas, una encargada de la planificación, seguimiento y control de las obras a realizar en centros propios existentes o de nueva creación, y otra encargada de la gestión y tramitación de los contratos...

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