ORDEN FORAL 162/2008, de 22 de mayo, del Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, por la que se modifican los precios por prestación de servicios de control metrológico.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
Por Orden Foral 128/1999, de 10 de junio, del Consejero de Industria, Comercio y Trabajo, se estableció la ordenación del Control Metrológico del Estado en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. En esa orden se designaba a Cetenasa como Laboratorio oficial para ejecutar las fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.
En el Anexo II de la citada orden se indicaban las cantidades a percibir por Cetenasa por los servicios que prestase en materia de control metrológico, cantidades que fueron modificadas por sucesivas órdenes forales, siendo la última, la 160/2007, de 24 de mayo del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.
Con fecha 29 de abril de 2004 se modificaron tanto la denominación social de la empresa, que pasó a ser Navarra de Verificaciones Legales, S.A.U., como el objeto social de la compañía, quedando éste redactado para lo sucesivo de la siguiente forma "La realización de todo tipo de verificaciones y comprobaciones en el campo de la metrología legal y de la calidad y seguridad industrial, u otras actividades de control que le sean encomendadas por el Gobierno de Navarra".
En la actualidad, es necesario proceder al ajuste de los precios establecidos en la Orden Foral 160/2007, de 24 de mayo, ya que, en el tiempo transcurrido, han sufrido variaciones los costes reales de los ensayos y gestiones efectuados por Navelsa, S.A. en materia de control metrológico.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
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Aprobar los precios exigibles por Navarra Verificaciones Legales, S.A.U. por la prestación de los servicios de control metrológico encomendados por Orden Foral 128/1999, de 10 de junio, que quedarán establecidos según la clasificación y cuantías siguientes:
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-Precios exigibles por la empresa Navelsa por los servicios de verificación periódica o verificación después de reparación o modificación.
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Manómetros de uso público para neumáticos de automóviles, ya sean manuales o electrónicos: 25,03 euros.
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Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.
b.1) Hasta 50 kilogramos de alcance máximo: 41,51 euros.
b.2) Desde 51 kilogramos hasta 150 kilogramos: 68,92 euros.
b.3) Desde 151 kilogramos hasta 500 kilogramos: 120,62 euros.
b.4) Desde 501 kilogramos hasta 3.500 kilogramos...
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