ORDEN FORAL 298/2009, de 25 de junio, del Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, por la que se modifican los precios por prestación de servicios de control metrológico.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
Por Orden Foral 128/1999, de 10 de junio, del Consejero de Industria, Comercio y Trabajo, se estableció la ordenación del Control Metrológico del Estado en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. En esa orden se designaba a Cetenasa, ahora Navarra de Verificaciones Legales, S.A.U, (NAVELSA), Laboratorio oficial para ejecutar las fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.
En el Anexo II de la citada orden se indicaban las cantidades a percibir por NAVELSA por los servicios que prestase en materia de control metrológico, cantidades que fueron modificadas por sucesivas órdenes forales, siendo la última, la 162/2008, de 22 de mayo, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.
En la actualidad, es necesario proceder al ajuste de los precios establecidos en la Orden Foral 162/2008, de 22 de mayo, ya que, en el tiempo transcurrido, han sufrido variaciones los costes reales de los ensayos y gestiones efectuados por NAVELSA, en materia de control metrológico.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
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Aprobar los precios exigibles por Navarra de Verificaciones Legales S.A.U. por la prestación de los servicios de control metrológico encomendados por Orden Foral 128/1999, de 10 de junio, que quedarán establecidos según la clasificación y cuantías siguientes:
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-Precios exigibles por la empresa NAVELSA por los servicios de verificación periódica o verificación después de reparación o modificación.
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Manómetros de uso público para neumáticos de automóviles, ya sean manuales o electrónicos: 25,33 euros.
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Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.
b.1) Hasta 50 kilogramos de alcance máximo: 42,01 euros.
b.2) Desde 51 kilogramos hasta 150 kilogramos: 64,23 euros.
b.3) Desde 151 kilogramos hasta 500 kilogramos: 122,07 euros.
b.4) Desde 501 kilogramos hasta 3.500 kilogramos: 207,15 euros.
b.5) Desde 3.501 kilogramos hasta 20.000 kilogramos: 594,34 euros.
b.6) Desde 20.001 kilogramos hasta 44.000 kilogramos: 850,80 euros.
b.7) Desde 44.001 kilogramos hasta 60.000 kilogramos: 1070,29 euros.
b.8) De más de 60.000 kilogramos el precio de la verificación será el resultante de la aplicación de la siguiente fórmula: T = H+D+d+A, en donde:
T: Precio resultante.
H: Número de horas invertidas en...
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