ORDEN FORAL 34/2004, de 20 de febrero, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se establecen las normas que regulan los cursos de Director y Monitor de Tiempo Libre impartidos por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 34/2004, de 20 de febrero, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se establecen las normas que regulan los cursos de Director y Monitor de Tiempo Libre impartidos por las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas.
Tanto la Disposición Final Segunda, como el artículo 5.º del Decreto Foral 235/1999, de 21 de junio, por el que se regulan el reconocimiento oficial de las Escuelas de Tiempo Libre y sus relaciones con la Administración de la Comunidad Foral, facultan a la Señora Consejera a dictar cuantas disposiciones estime oportunas para desarrollar el citado Decreto.
En su virtud,
ORDENO:
-
Objeto.
La presente Orden Foral tiene por objeto establecer las condiciones en que las Escuelas de Tiempo Libre, oficialmente reconocidas, impartirán los cursos de Director y Monitor de Tiempo Libre.
-
Tipología.
Las Escuelas de Formadores en el Tiempo Libre para Niños y Jóvenes, oficialmente reconocidas, impartirán los cursos de Monitor y Director de Actividades de Tiempo Libre para Niños y Jóvenes.
Estas escuelas deberán impartir cada año, como mínimo, un curso de Monitor de Actividades de Tiempo Libre. La falta de esta actividad conllevará la suspensión del reconocimiento oficial.
-
Capacitación.
3.1. La persona titular de un diploma de Monitor de Tiempo Libre para Niños y Jóvenes, está capacitada para ejecutar actividades formativas y de animación infantil y juvenil en el tiempo libre, tanto dentro del ámbito urbano como en la naturaleza.
3.2. La persona titular de un diploma de Director de Tiempo Libre para Niños y Jóvenes, está capacitada para:
-
Diseñar, dirigir y coordinar actividades formativas y de animación infantil y juvenil que se realicen durante eltiempo libre, tanto en el ámbito urbano como en la naturaleza.
-
Dirigir y coordinar los equipos humanos que trabajen en dichas actividades.
3.3. Las titulaciones de Monitor y Director de Tiempo Libre no capacitan para la realización de actividades consideradas de riesgo.
-
-
Requisitos de acceso.
4.1. Para acceder a los estudios que permitan obtener el Diploma de Monitor de Actividades de Tiempo Libre para Niños y Jóvenes, será preceptivo:
-
Poseer, al menos, el título de Graduado Escolar o equivalente.
-
Tener 18 años cumplidos antes de finalizar el periodo teórico-práctico del curso.
4.2. Para acceder a los estudios que permitan obtener el Diploma de Director de Actividades de Tiempo Libre para Niños y Jóvenes, será preceptivo:
-
Tener el Diploma de Monitor con dos años de antigüedad o acreditar una experiencia como monitor equivalente a 250 horas o 30 días en colonias y campamentos.
-
Poseer el título de Bachiller Superior, F.P.II o equivalente.
-
-
Duración.
5.1. El curso de Monitor de Actividades de Tiempo Libre tendrá una duración de 270 horas estructuradas en tres periodos:
-
Periodo teórico-práctico: tendrá una duración mínima de 120 horas lectivas, que se desarrollarán en un lapso de tiempo no inferiora 20 días ni superior a 9...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba