ORDEN FORAL 283/2010, de 15 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se establecen las normas reguladoras para la concesión de las Ayudas Natura 2000 al pastoreo de ovino en Bardenas Reales y se aprueba la convocatoria para el año 2010.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Reglamento 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al Desarrollo Rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), establece en el artículo 38, dentro del Eje 2 mejora del medio ambiente y del entorno rural, como una de las medidas destinadas a la utilización sostenible de las tierras agrícolas, las ayudas Natura 2000. El Programa de Desarrollo Rural de Navarra (PDR) para el período 2007-2013, recoge dentro de las Ayudas Natura 2000, el fomento de métodos de pastoreo con ganado ovino en medios esteparios de dicha Red.

Esta medida, acorde con la normativa comunitaria, recoge las orientaciones del Plan Estratégico de la Agricultura Navarra (PEAN), especialmente en lo relativo a los objetivos estratégicos 1-1 "Fomentar la adaptación y reconversión de las explotaciones" y 3-1 "Mejora de la sostenibilidad ambiental del sector". Es de aplicación al quinquenio 2009-2013 y supone la continuidad de otras aplicadas en quinquenios anteriores.

La ayuda se basa en indemnizar los costes adicionales y la pérdida de renta que supone el pastoreo extensivo en Bardenas Reales con un rebaño menor de 700 cabezas (normalmente muy superiores a 700 cabezas) que implica la necesidad de tener más personal asalariado. También se indemniza el no aprovechamiento de los terrenos cultivados y pastos durante diversos periodos de tiempo (vedas).

La Orden Foral 30/2007, de 8 de febrero, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, establece el procedimiento de tramitación de las ayudas al Desarrollo Rural cofinanciadas por el FEADER.

A la presente Orden Foral le es de aplicación la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente y por la disposición final segunda del Decreto Foral 67/2006, de 2 de octubre, por el que se autoriza el Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de garantía (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo único Aprobación de las normas reguladoras.

Se aprueban las normas por las que se regula el régimen general para la concesión de las Ayudas Natura 2000 al "pastoreo de ovino en Bardenas Reales", que figuran como anexo I de esta Orden Foral.

Disposición Adicional Primera.- Convocatoria de las ayudas campaña 2010.

Aprobar la convocatoria de las ayudas Natura 2000 al pastoreo de ovino en Bardenas Reales para el año 2010. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de 30 días a partir de la entrada en vigor de la presente Orden Foral.

Disposición Adicional Segunda.- Créditos presupuestarios.

Por Acuerdo de Gobierno de 22 de marzo de 2010 se ha aprobado un gasto plurianual correspondiente a la presente ayuda que se desglosa de la forma siguiente:

  1. 400.000 euros para el año 2010, con cargo a la partida 74200 740002 4700 456300 "Medidas Agroambientales e indemnización compensatoria medioambiental. PDR FEADER" de los Presupuestos Generales de 2010.

  2. Un gasto de 400.000 euros con cargo a las partidas equivalentes a la partida anterior que al efecto se habiliten en los presupuestos de 2011, 2012, 2013 y 2014, respectivamente.

Disposición Adicional Tercera.- Recursos.

Contra la presente convocatoria cabe interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

En el caso de Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Disposición Final Única.- Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 15 de junio de 2010.-La Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Begoña Sanzberro Iturriria.

ANEXO I Artículos 1 a 11

Normas reguladoras de concesión de las Ayudas Natura 2000al pastoreo de ovino en Bardenas Reales

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. Es objeto de esta Orden Foral establecer el régimen general para la concesión, gestión y control de las Ayudas Natura 2000 "Pastoreo de ovino en Bardenas Reales", contempladas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2007-2013.

  2. El régimen de ayudas establecidas en esta Orden Foral se aplicará a todas las explotaciones ganaderas de ovino, que realicen aprovechamiento pascícola en uno o varios distritos ganaderos de Bardenas Reales.

Artículo 2 Requisitos generales para acceder al régimen de ayuda.
  1. Las Ayudas Natura 2000 al "pastoreo de ovino en Bardenas Reales" se concederán, únicamente, a quienes reúnan los siguientes requisitos:

    1. Ser titular de una explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias.

    2. Ser adjudicatario del aprovechamiento pascícola en uno o varios de los distritos ganaderos de Bardenas Reales. La acreditación de los adjudicatarios debe de ser anual...

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