RESOLUCION 1448/2002, de 13 de agosto, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de Jefe de Servicio de Análisis Clínicos para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Por Resolución del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de Jefe de Servicio de Análisis Clínicos para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con sujeción a las siguientes normas:

  1. -Normas Generales.

    La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, en la Orden Foral 463/2001, de 3 de octubre, del Consejero de Salud, por la que se regulan los procedimientos de ingreso y provisión de puestos de trabajo del personal sanitario del nivel A (Estamentos A.1 y A.2) en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y se establecen los baremos aplicables en los mismos, y demás normativa complementaria.

    1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de 1 puesto de trabajo de Jefe de Servicio de Análisis Clínicos para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con destino en el Hospital Virgen del Camino (número de plantilla 65.921).

    1.2. El aspirante que obtenga un puesto de Jefe de Servicio quedará vinculado con carácter indefinido al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea como Facultativo Especialista, adscrito orgánicamente al Hospital de destino y funcionalmente al Area de Salud correspondiente a dicho Hospital. Pasará a desempeñar el puesto de trabajo de Jefe de Servicio de Análisis Clínicos durante un período de 6 años, a cuyo término será evaluado, a efectos específicamente de su continuidad o no en dicho puesto de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 del Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre. Asimismo desarrollará las actividades propias derivadas de la mencionada adscripción funcional conforme las normas y directrices que emanen de la Dirección del Centro o del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

    1.3. El nombramiento conferirá al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

    1.4. El puesto de trabajo convocado pertenece al nivel o grupo A, y se encuentra clasificado en el estamento "Facultativos Especialistas" y especialidad "Análisis Clínicos", de la clasificación vigente de nombramientos en estamentos y especialidades del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (Anexo de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea). El puesto estará dotado con las remuneraciones establecidas en la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, y demás disposiciones aplicables.

    1.5. El aspirante que tras superar las correspondientes pruebas selectivas resulte nombrado para ocupar el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria y adquiera la condición de funcionario, será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

    1.6. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en la localidad de destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes.

    1.7. La jornada a realizar será en horario de mañana o de tarde, indistintamente, y de acuerdo con las necesidades del servicio en el momento de la cobertura del puesto, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

    1.8. El aspirante nombrado prestará sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, es decir, plena disponibilidad y total y absoluta dedicación, sin que pueda realizar ninguna otra actividad lucrativa ni en el sector público ni en el privado, con excepción de los supuestos indicados en el artículo 10.3 de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre.

    Asimismo, realizará las guardias de presencia física y/o localizada que en su caso ordene la Dirección del Centro o, por delegación de ésta, la Jefatura respectiva.

    1.9. Según prevé la Ley Foral 10/1990, de Salud, los profesionales sanitarios participarán en la docencia pregraduada, postgraduada y continuada de los profesionales sanitarios y contribuirán en la misma medida en las acciones de educación para la salud de la población.

  2. -Requisitos de los aspirantes.

    2.1. Para ser admitidos al presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

    1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    2. Ser mayor de edad.

    3. Hallarse en posesión del título de licenciado en Medicina y Cirugía, y del de la especialidad de Análisis Clínicos, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

    4. Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.

    5. No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

    6. Haber desempeñado plaza en propiedad para el acceso a la cual se exigiera hallarse en posesión de una especialidad, en los centros hospitalarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o Servicios Jerarquizados de la Seguridad Social, o plaza en propiedad en hospitales con programa acreditado para la docencia por la Comisión Nacional de la especialidad de que se trate, o en centro extranjero con programa reconocido de docencia para postgraduados en la especialidad correspondiente, por un período mínimo de cinco años.

    En su caso, se sumarán los períodos de desempeño de plaza de la especialidad de que se trate en los diferentes servicios y hospitales. Se contabilizarán como uno sólo los períodos de tiempo en los que se haya desempeñado simultáneamente más de una plaza.

    2.2. El cumplimiento de los requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante todo el procedimiento selectivo hasta el momento del nombramiento.

  3. -Solicitudes.

    3.1. Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria podrán presentar la instancia en el Registro del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, sito en la calle Irunlarrea, número 39, de Pamplona, C.P. 31008, o bien remitirse por correo certificado a esta misma dirección, conforme a lo establecido en el artículo 38.4.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien presentarse en cualquiera de los restantes lugares previstos en el citado precepto legal.

    El plazo para presentar la solicitud será de treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

    Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria (Anexo I), y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de...

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