ORDEN FORAL 441/2006, de 27 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre el 'Proyecto de construcción de nuevo Puente sobre el río Bidasoa en la N-121-A, en Endarlatsa', promovido por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 441/2006, de 27 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre el "Proyecto de construcción de nuevo Puente sobre el río Bidasoa en la N-121-A, en Endarlatsa", promovido por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Dadas las características del proyecto, éste se encuentra comprendido en el apartado a) del grupo C del anexo 3C de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en la misma, debe someterse al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

El trazado objeto del expediente se encaja entre los proyectados para los tramos adyacentes Bera/Vera de Bidasoa-Endarlatsa en Navarra Endarlatsa-Behobia (Irún) en Guipúzcoa. El elemento fundamental de la actuación es la estructura singular del nuevo puente sobre el río Bidasoa en Endarlatsa y el enlace del mismo nombre asociado al puente que se apoya en la actual N-121-A.

Por Orden Foral 0579/2005, de 18 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, se formuló Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de "Carretera N-121-A, tramo Bera/Vera de Bidasoa-Endarlatsa". El proyecto tenía por objeto la construcción del tramo final de la carretera N-121-A desde la salida del núcleo urbano de Bera/Vera de Bidasoa hasta el puente de Endarlatsa, en los municipios de Lesaka y Bera/Vera de Bidasoa. En dicha evaluación de impacto ambiental se efectuó el análisis y selección de la alternativa técnica y ambientalmente más adecuada para el conjunto de los 4 Km, excluyendo el puente de Endarlatsa, pero dejando la solución de enlace con Guipúzcoa ya prevista. La declaración de impacto ambiental que se formuló sobre el Estudio Informativo estableció las medidas correctoras para que el proyecto resultara ambientalmente viable, tras una adecuada evaluación de las repercusiones del mismo en el LIC del Río Bidasoa.

Con fecha 4 de octubre de 2005 el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones presentó el "Proyecto de construcción de nuevo Puente sobre el río Bidasoa en la N-121-A, en Endarlatsa" junto a su Estudio de Impacto Ambiental con objeto de iniciar el procedimiento de Evaluación de Impacto, a los efectos previstos en el artículo 39.3 de la Ley Foral 4/2005. El Director General de Medio Ambiente emitió el informe de suficiencia del Estudio de Impacto Ambiental.

Mediante Orden Foral 156/2006, de 5 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones se sometió a información pública el "Proyecto de construcción de un nuevo puente sobre el río Bidasoa en la carretera N-121-A, en Endarlatsa"...

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