ORDEN FORAL 373/2008, de 25 de noviembre, del Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, por la que se establece el régimen de concesión de ayudas en forma de garantía a las operaciones de crédito concertadas para financiar inversiones en el marco de la Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía de Navarra 2009-2011.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía de Navarra 2009-2011, en su Capítulo II autoriza al Gobierno de Navarra, al amparo de lo previsto en el artículo 75 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, para otorgar avales por un importe máximo de 30.000.000 de euros, con el fin de facilitar la financiación de las inversiones centradas en determinados sectores de la actividad económica. En su artículo 11 establece que el Gobierno de Navarra podrá acordar que los avales sujetos al régimen previsto en el Capítulo II sean concedidos por una sociedad de garantía recíproca domiciliada fiscalmente en Navarra, con la que se concertarán las condiciones en las que el Gobierno de Navarra ocupará la posición de subavalista.

El Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo de 24 de noviembre de 2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.d) de la Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, ha determinado los proyectos que excepcionalmente por su especial interés para la economía navarra pueden acogerse a estas ayudas. Ha autorizado la tramitación de las presentes ayudas mediante el procedimiento de evaluación individualizada, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. Y ha aprobado, a los efectos previstos en el artículo 11 de la Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, el convenio de colaboración con Sociedad Navarra de Garantía Recíproca, en su condición de sociedad navarra de garantía recíproca domiciliada fiscalmente en Navarra, respecto de la cual el Gobierno de Navarra ocupará la posición de subavalista.

Por el Consejero de Economía y Hacienda mediante Orden Foral 205/2008, de 24 de noviembre, se han determinado los aspectos procedimentales y de gestión para la concesión de estas garantías, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía de Navarra 2009-2011.

El Reglamento (CE) N.º 1998/2006, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis permite que al amparo del mismo se puedan conceder ayudas en forma de garantía a empresas.

De conformidad con lo anteriormente expuesto y con la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, procede establecer las bases reguladoras de las ayudas en forma de garantía a las operaciones de crédito concertadas para financiar inversiones en el marco de la Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía de Navarra 2009-2011.

De conformidad con el artículo 41.1 g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. -Objeto.

  2. Esta Orden Foral tiene por objeto establecer la convocatoria y las bases reguladoras para la concesión de ayudas en forma de garantía a las operaciones de crédito concertadas para financiar inversiones en el marco de la Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía de Navarra 2009-2011.

  3. Estas ayudas consistirán en la concesión de un subaval por el Gobierno de Navarra a las operaciones de aval que cumplan los requisitos establecidos en...

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