ORDEN FORAL 183/2010, de 21 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo J-20, de declaración-liquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego relativa a las salas de bingo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra dispone en su artículo 40 que la Tasa Fiscal sobre Rifas, Tómbolas, Apuestas y Combinaciones Aleatorias será exaccionada por la Comunidad Foral cuando su autorización deba realizarse en Navarra. Asimismo, establece que en los tributos que recaen sobre el juego, cuando su autorización deba realizarse en Navarra, la Comunidad Foral aplicará la misma normativa que la establecida en cada momento por el Estado en lo que se refiere al hecho imponible y sujeto pasivo.

La Orden Foral 278/2001, de 9 de noviembre, aprobó, entre otros, el modelo J-20 en euros, como consecuencia de la adopción de la moneda única europea. La declaración y pago de este tributo relativo a las salas de bingo se ha venido efectuando, hasta la fecha, con carácter anticipado al período de liquidación. A partir del 1 de enero de 2011, tal como se dispone en la presente Orden Foral, su liquidación se realizará por períodos vencidos.

El modelo J-20 de declaración-liquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego relativa a las salas de bingo deberá presentarse obligatoriamente por vía telemática, a través de Internet, cumplimentando el formulario que figura en el apartado correspondiente de la página web de la Hacienda Tributaria de Navarra, de conformidad con las condiciones generales y el procedimiento que se indican en esta Orden Foral.

La Disposición Adicional Séptima de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, autoriza al Consejero de Economía y Hacienda para regular mediante orden foral los supuestos y condiciones en los que los contribuyentes y las entidades puedan presentar por medios electrónicos, informáticos y telemáticos, declaraciones, comunicaciones, declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones o cualesquiera otros documentos exigidos por la normativa tributaria.

En consecuencia, y de conformidad con la atribución contenida en el artículo 6 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria,

ORDENO:

Artículo 1 Aprobación del modelo J-20 de declaración-liquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego relativa a las salas de bingo.

Se aprueba el modelo J-20 de declaración-liquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego relativa a las salas de bingo, que deberá presentarse obligatoriamente por vía telemática, a través de Internet.

Artículo 2 Obligados a presentar el modelo J-20.

Están obligados a presentar el modelo J-20 las personas físicas o jurídicas o entidades titulares de autorizaciones administrativas para la práctica del juego del bingo. En defecto de autorización administrativa, están obligadas a presentar el modelo J-20 las personas físicas o jurídicas o entidades cuyas actividades incluyan la celebración u organización del juego del bingo.

Artículo 3 Plazo de presentación.

La presentación e...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR