ORDEN FORAL 256/2012, de 15 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente, por la que se ordena la adopción de medidas excepcionales para paliar los efectos de la sequía.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La escasez de precipitaciones en Navarra, ha afectado de forma general a la nascencia y el desarrollo de los cultivos de invierno y a la producción de pastos con destino al ganado extensivo que hace necesario permitir excepciones a las normas reguladoras de diversas ayudas que posibiliten, por un lado, el cumplimiento de los requisitos para percibir las ayudas y, por otro, la disposición de alimentos para el ganado lanar y vacuno extensivo.

La Orden Foral 161/2012, de 28 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente, regula para la campaña 2012, la presentación de la solicitud única relativa a los pagos directos agrícolas y ganaderos financiados por el FEAGA, a determinadas ayudas del Programa de Desarrollo Rural de Navarra, a las ayudas agroambientales financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra, así como las comunicaciones de cesiones de derechos de Pago Único, las solicitudes de derechos a la Reserva Nacional y la integración de determinadas ayudas en el Régimen de Pago Único.

El artículo 14 de la mencionada Orden Foral establece que en caso de no nascencia de los cultivos declarados, los solicitantes de las ayudas están obligados a comunicar por escrito al Departamento de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente, dicha incidencia tan pronto como tengan constancia de ello, si supone el incumplimiento de las condiciones para acceder a las ayudas, teniendo como efecto la adaptación de la solicitud de ayuda a la situación real. Dado que esta es una situación generalizada en amplias zonas del Sur de Navarra es necesario anular dicha comunicación y evitar trámites innecesarios.

Además, el artículo 15 en su apartado f) dispone que se debe mantener hasta el 10 de septiembre el cultivo o restos de cultivo de girasol, soja, maíz, remolacha, tabaco, arroz y patata, y hasta el 30 de junio para el resto de los cultivos, cuando se solicite la...

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