ORDEN FORAL 102/2018, de 31 de julio, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se integra en la estructura del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak el Grupo de Rescate Acuático y se crea el Grupo de Rescate Técnico.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
Mediante Decreto Foral 38/2006, de 19 de junio, se creó el organismo autónomo denominado Agencia Navarra de Emergencias (ANE), integrando los recursos pertenecientes al Servicio de Extinción de Incendios y de Salvamento de la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior y, así mismo, con efectos de 1 de septiembre de 2006, los recursos adscritos al Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios y de Salvamento de Navarra.
Los Estatutos de la Agencia Navarra de Emergencias aprobados por Decreto Foral 12/2009, de 16 de febrero, disponían en su artículo 31, apartado 2, que las Áreas funcionales podrán disponer de los Grupos de carácter operativo que se establezcan, así como de Grupos de Rescate y Especiales, que serán creados por Orden Foral del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en la que se contendrán los criterios de dimensionamiento y especialización del grupo a que se refieren, con mención del mando que estará al frente del mismo.
El Decreto Foral 54/2015, de 12 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia determina en su artículo único que “La Agencia Navarra de Emergencias (A.N.E.) se integrará en la estructura de la Dirección General de Interior, encomendando a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia que disponga lo necesario para proceder a la extinción y liquidación del citado organismo autónomo, conforme a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.”
El artículo 107 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que la extinción de los organismos públicos se producirá por Decreto Foral del Gobierno de Navarra, a propuesta del titular del Departamento de adscripción, y previo informe de los Departamentos competentes en materia de función pública, organización administrativa y economía.
Mediante Decreto Foral 197/2015, de 9 de septiembre, se extingue el organismo autónomo de la Agencia Navarra de Emergencias (ANE).
Mediante Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, integrando en la estructura departamental las unidades procedentes de la extinta Agencia Navarra de Emergencias.
El artículo 61 del citado Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, establece que “Las Secciones podrán disponer de los Grupos de carácter operativo que se establezcan, así como de Grupos de Rescate y Especiales, todos ellos con rango de Negociado, que serán creados por Orden Foral de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Justicia e Interior en la que se contendrán los criterios de dimensionamiento y especialización del grupo a que se refieren.
Al frente de cada grupo habrá un Sargento o Cabo de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak, en función de sus características, y se hará constar en la referida Orden Foral.”
Por lo expuesto, contemplando el actual marco organizativo y funcional, resulta necesario completar la integración en la estructura de la Dirección General de Interior de las unidades asimiladas a...
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