ORDEN FORAL 240/2006, de 11 de julio, del Consejero de Economía y

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 240/2006, de 11 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se establece la estructura a nivel de Negociados de la Dirección General para la Sociedad de la Información.

La aprobación de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, ha supuesto una profunda modificación en la ordenación de la organización del Gobierno de Navarra y de la Administración de la Comunidad Foral.

La adaptación de la estructura de la Administración de la Comunidad Foral a las citadas leyes forales exige un proceso de reestructuración departamental, desarrollando la nueva estructura orgánica de cada uno de los Departamentos de aquélla.

El Decreto Foral 40/2005, de 24 de febrero, por el que establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda, desarrolla la misma adaptándola a las leyes forales referidas hasta el nivel de Sección. En el citado Decreto Foral se establecen, entre otras, las funciones de la Dirección General para la Sociedad de la Información. Esta Dirección reúne las funciones que en materia de organización administrativa, sistemas de información, y telecomunicaciones, tenían asignadas las antiguas direcciones generales de Transportes y Telecomunicaciones, y de Organización y Sistemas de la Información.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, los Negociados se crearán, modificarán y suprimirán mediante Orden Foral del Consejero titular del Departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

Procede ahora adaptar, mediante la presente Orden Foral, la estructura de los negociados adscritos a la Dirección General para la Sociedad de la Información.

La presente disposición ha sido sometida a los dictámenes preceptivos de la Dirección General de Función Pública, conforme a lo establecido en el artículo 24 del Decreto Foral 266/2003, de 28 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior y del Servicio de Organización, conforme a lo establecido en el artículo 50 del Decreto Foral 40/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda.

En consecuencia,

ORDENO:

Artículo 1 Funciones generales de los Negociados.

Corresponde a los Negociados, bajo la dirección de los órganos superiores de la Dirección General y en el ámbito material correspondiente, el ejercicio de las siguientes funciones:

_Las de carácter técnico, tramitación, inventario, registro, archivo y otras de trámite relacionadas con los asuntos que tengan asignados.

_Las de gestión directa de sus actuaciones con personal propio y, en su caso, en coordinación con el personal de empresas, públicas o privadas, a las que se adjudique el desarrollo de trabajos dentro del ámbito de las atribuciones del Negociado.

_La realización de las tareas que, en el ámbito...

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