ORDEN FORAL 118/2019, de 23 de agosto, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se delega en la Consejera de Salud la resolución de los recursos de alzada en materia de personal del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 126.1.c) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en relación con el 121. 1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, corresponde a la persona titular del departamento competente en materia de función pública, la resolución de los recursos de alzada relativos a todos los actos dictados en dicha materia por cualquier órgano de la Administración Pública Foral de rango inferior al de Consejera o Consejero. Idéntica atribución realiza el apartado g) del artículo 2 del Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos; y en relación con el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, el artículo 110 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los estatutos de este organismo autónomo.

No obstante, el artículo 9.h) del citado Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, en lo relativo al personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, atribuye a este organismo autónomo la tramitación de los recursos de alzada en materia de personal.

La experiencia adquirida indica que delegar en la persona titular del Departamento de Salud la resolución de los recursos de alzada en materia de personal del personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, contribuye al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6.2.j) de la mencionada Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, que determina que la Administración Pública Foral ajustará su actuación y funcionamiento, entre otros, al principio de racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos, por estar ese organismo autónomo adscrito a su Departamento (artículo 2 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre), y por tener atribuida esta Consejera la resolución de la generalidad de los recursos de alzada relativos al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (artículo 126.1 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo y artículo 110.1 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre).

El artículo 41.2 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, dispone que las Consejeras o Consejeros podrán delegar el ejercicio de sus atribuciones. En el mismo sentido, el artículo 11.1...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR