ORDEN FORAL 137/2017, de 30 de noviembre, del Consejero de Desarrollo Económico, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico a nivel de Negociados.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Decreto Foral 1/2017, de 11 de enero, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico en la que se recogen las Direcciones Generales, Servicios y Secciones que se integran en la misma.

Como consecuencia de ello, procede la adecuación a lo dispuesto en el citado decreto foral de la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico a nivel de Negociados.

En su virtud, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 24.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 12

Dirección General de Política Económica y Empresarial y Trabajo

SECCIÓN 1ª Artículos 1 y 2

Servicio de Proyección Internacional

Artículo 1 Estructura y adscripción de Negociados.

La Sección de Programas Europeos del Servicio de Proyección Internacional se estructura en el siguiente Negociado:

–Negociado de Seguimiento de Programas Europeos.

Artículo 2 Negociado de Seguimiento de Programas Europeos.

El Negociado de Seguimiento de Programas Europeos ejercerá las siguientes funciones:

  1. Gestión y coordinación para la tramitación de expedientes y proyectos para su certificación a la Comisión Europea dentro de los Programas Operativos Fondo Social Europeo (FSE) y Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

  2. Seguimiento de la ejecución de indicadores financieros y de productividad de los Programas Operativos Fondo Social Europeo (FSE) y Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

  3. Control de los ingresos de los Programas Operativos Fondo Social Europeo (FSE) y Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

  4. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

SECCIÓN 2ª Artículos 3 a 7

Servicio de Fomento Empresarial

Artículo 3 Estructura y adscripción de Negociados.
  1. Las Secciones del Servicio de Fomento Empresarial se estructuran en los siguientes Negociados:

    1. Sección de Fomento de la Inversión:

      –Negociado de Ayudas a Empresas Agroalimentarias.

      –Negociado de Ayudas a Empresas Industriales.

    2. Sección de Suelo Industrial:

      –Negociado de Obras en Suelo Industrial.

  2. Se adscribe a la Dirección del Servicio de Fomento Empresarial el Negociado de Gestión de Expedientes.

Artículo 4 Negociado de Ayudas a Empresas Agroalimentarias.

El Negociado de Ayudas a Empresas Agroalimentarias ejercerá las siguientes funciones:

  1. Informar y tramitar los expedientes de ayudas a empresas agroalimentarias.

  2. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 5 Negociado de Ayudas a Empresas Industriales.

El Negociado de Ayudas a Empresas Industriales ejercerá las siguientes funciones:

  1. Informar y tramitar los expedientes de ayudas a empresas industriales.

  2. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 6 Negociado de Obras en Suelo Industrial.

El Negociado de Obras en Suelo Industrial ejercerá las siguientes funciones:

  1. Preparar los documentos necesarios para la contratación de obras en los polígonos industriales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

  2. Asesorar sobre la realización de obras necesarias en polígonos industriales municipales.

  3. Apoyar a la Sección de Suelo Industrial en la tramitación de los expedientes de ventas de parcelas.

  4. Mantener las bases de datos sobre suelo e inmuebles industriales en Navarra.

  5. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 7 Negociado de Gestión de Expedientes.

El Negociado de Gestión de Expedientes ejercerá las siguientes funciones:

  1. Recepción de documentación, introducción de datos en el sistema y ejecución de las tareas administrativas en la tramitación de expedientes.

  2. Archivo administrativo de los expedientes y demás documentación del Servicio.

  3. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

SECCIÓN 3ª Artículos 8 a 12

Servicio de Trabajo

Artículo 8 Estructura y adscripción de Negociados.

Las Secciones del Servicio de Trabajo se estructuran en los siguientes Negociados:

  1. Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos:

    –Negociado de Autorizaciones y Sanciones.

    –Negociado de Gestión Administrativa en Materia Laboral.

  2. Sección de Economía Social, Trabajo Autónomo y Registros Públicos Laborales:

    –Negociado de Registros Públicos Laborales.

    –Negociado de Economía Social y Trabajo Autónomo.

Artículo 9 Negociado de Autorizaciones y Sanciones.

El Negociado de Autorizaciones y Sanciones ejercerá las siguientes funciones:

  1. Tramitación administrativa de los expedientes relacionados con las siguientes materias:

    –Apertura de centros de trabajo o de reanudación de los trabajos en los mismos.

    –Recepción de comunicación de accidentes de trabajo.

    –Autorización y registro de servicios de prevención y entidades auditoras en materia de prevención de riesgos laborales.

    –Registro de empresas con riesgo por amianto y aprobación de los planes de trabajo de las mismas.

    –Subvenciones en materia de prevención de riesgos laborales.

    –Sanciones por infracciones en el orden social.

    –Paralización de la actividad laboral por razones de seguridad.

    –Recepción de comunicación de utilización de agentes biológicos grupos 2, 3 y 4.

    –Registro de empresas acreditadas y habilitación del libro de subcontratación.

  2. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 10 Negociado de Gestión Administrativa en Materia Laboral.

El Negociado de Gestión Administrativa en Materia Laboral ejercerá las siguientes funciones:

  1. Tramitación administrativa de los expedientes relacionados con las siguientes materias:

    –Regulación de empleo: reducciones de jornada, suspensiones y extinciones colectivas de las relaciones laborales por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza mayor.

    –Conciliaciones individuales y plurales así como de conflictos colectivos, previas a la tramitación de los procedimientos laborales ante la jurisdicción de lo social.

    –Huelgas y cierres patronales.

    –Calendario laboral.

    –Recepción de las comunicaciones de las empresas relativas a la realización regular del trabajo nocturno, traslados colectivos y desplazamientos de trabajadores y trabajadoras en el marco de una prestación de servicios trasnacional.

    –Autorización de trabajos de menores de dieciséis años para actuar en espectáculos públicos.

  2. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 11 Negociado de Registros Públicos Laborales.

El Negociado de Registros Públicos Laborales ejercerá las siguientes funciones:

  1. Registro, depósito y publicación de los Convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

  2. Depósito de las actas, dimisiones, sustituciones y revocaciones relativas a las elecciones de órganos representativos de los trabajadores y trabajadoras en la empresa y del personal al servicio de las Administraciones Públicas y emisión de certificaciones.

  3. Prestar asistencia a la Comisión de Seguimiento y Control de elecciones sindicales en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

  4. Depósito de estatutos de organizaciones sindicales y empresariales y emisión de certificaciones relativas al mismo.

  5. Gestionar el observatorio de los derechos y las libertades sindicales.

  6. Registro, autorización y seguimiento de las empresas de trabajo temporal.

  7. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 12 Negociado de Economía Social y Trabajo Autónomo.

El Negociado de Economía Social y Trabajo Autónomo ejercerá las siguientes funciones:

  1. Información y tramitación administrativa de los expedientes de los siguientes registros públicos:

    –Registro de Cooperativas de Navarra.

    –Registro Administrativo de Sociedades Laborales de la Comunidad Foral de Navarra.

    –Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de Navarra.

    –Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Navarra.

  2. Elaboración de estadísticas y emisión de información registral sobre los actos inscritos y otras acciones relativas a la economía social y trabajo autónomo.

  3. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

CAPÍTULO II Artículos 13 a 23

Dirección General de Industria, Energía e Innovación

SECCIÓN 1ª Artículos 13 a 15

Dirección General

Artículo 13 Estructura y adscripción de Negociados.

Se adscriben a la Dirección General de Industria, Energía e Innovación los siguientes Negociados:

–Negociado de Promoción y Observatorios.

–Negociado de Proyectos Internacionales.

Artículo 14 Negociado de Promoción y Observatorios.

El Negociado de Promoción y Observatorios ejercerá las siguientes funciones:

  1. Promoción de todas las medidas de fomento de I+D+i y Energía que ponga en marcha la Dirección General de Industria, Energía e Innovación.

  2. Gestión de los Observatorios de la Dirección General de Industria, Energía e Innovación.

  3. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 15 Negociado de Proyectos Internacionales.

El Negociado de Proyectos Internacionales ejercerá las siguientes funciones:

  1. Seguimiento de las convocatorias europeas en el ámbito competencial de la Dirección General de Industria, Energía e Innovación.

  2. Coordinación de los proyectos europeos de la Dirección General de Industria, Energía e Innovación.

  3. Aquellas otras que se le encomienden dentro...

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