ORDEN FORAL 142/2018, de 17 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 90/2015, por la que se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC) y se establecen las normas para su gestión en Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El artículo 68 del Reglamento (UE) número 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, define como uno de los elementos del sistema integrado de gestión, un sistema de identificación de las parcelas agrícolas. El artículo 70 señala que este sistema de identificación deberá ser establecido por los Estados Miembros a partir de mapas, documentos catastrales u otras referencias cartográficas, haciendo uso de las técnicas empleadas en los sistemas informáticos de información geográfica.

La Orden Foral 90/2015, de 10 de marzo, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC) y se establecen las normas para su gestión en Navarra.

El Reglamento (UE) 2017/2393, del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de diciembre de 2017, por el que se modifican los Reglamentos (UE) número 1305/2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), (UE) número 1306/2013 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, (UE) número 1307/2013 por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común, (UE) número 1308/2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y (UE) número 652/2014 por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal.

En este Reglamento se introduce una nueva definición de pastos permanentes, que se traslada a la normativa nacional a través del Real Decreto 27/2018, de 26 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, en aplicación de las disposiciones relativas a la Política Agrícola Común.

Teniendo en cuenta que en la Orden Foral 90/2015, se introdujeron diferentes definiciones basadas en las existentes en la normativa comunitaria y nacional, procede modificar dicha orden para adaptarlas a la normativa vigente. Consecuentemente resulta necesario ajustar el procedimiento de solicitud de modificación del Coeficiente de admisibilidad de pastos (CAP) y solicitar la documentación necesaria que justifique las modificaciones solicitadas conforme a las nuevas definiciones de pastos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo único –Modificar la Orden Foral 90/2015 del...

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