ORDEN FORAL 151/2018, de 29 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueba la relación de municipios afectados por los fenómenos de lluvia e inundaciones extraordinarias del mes de abril de 2018 en la Comunidad Foral de Navarra y determinación de las exenciones tributarias a las que pueden acogerse las personas físicas y jurídicas afectadas por tales fenómenos así como de las compensaciones a practicar a los municipios que hayan aplicado dichas exenciones.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Como consecuencia de las precipitaciones generalizadas acaecidas durante el mes de abril de 2018 en toda la Cuenca del Ebro y del Cantábrico, y que concretamente en Navarra, han superado los 200 litros por metro cuadrado en toda la cabecera cantábrica y pirenaica, y más de 120 litros por metro cuadrado en la Ribera, se han generado una serie de crecidas prácticamente simultáneas en los principales afluentes de la margen izquierda del Ebro, desde el Zadorra al oeste y hasta el río Gallego al este, pasando por los ríos navarros Ega, Arga y Aragon, lo que ha provocado una avenida extraordinaria en el eje del Ebro.

En virtud de las precipitaciones registradas, así como los datos en tiempo real de las redes de estaciones de aforos de titularidad del Gobierno de Navarra y de la Confederación Hidrográfica del Ebro, las cuencas que han registrado avenidas superiores a las ordinarias y desbordamientos han sido las del Ega, Arga, Aragón, Arakil y Ebro.

La Ley Foral 11/2009, de 30 de octubre, de atención y apoyo a personas afectadas por catástrofes producidas por inundaciones, fuertes vientos y otros fenómenos naturales en la Comunidad Foral de Navarra, establece las medidas de ayuda y beneficios a personas físicas y jurídicas que hayan resultado afectadas por inundaciones, fuertes vientos y otros fenómenos naturales, determinando en su artículo 2 que mediante la correspondiente Orden Foral del Departamento del Gobierno de Navarra que tenga asignada la competencia en cada momento, se relacionarán los municipios y vecinos afectados, juntamente con las ayudas a las que pueden acogerse. Así mismo, establece en su artículo 3 que dicha Orden Foral recogerá los plazos, requisitos y condiciones para la presentación de las solicitudes de ayudas y/o compensaciones previstas en la Ley Foral.

La Orden Foral debe ser ratificada en el primer Consejo de Gobierno que se celebre.

El Departamento competente por razón de la materia es el de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en virtud de lo previsto en el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 8/2015, de 22 de julio, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento.

Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley Foral 11/2009, de 30 de octubre, de atención y apoyo a personas afectadas por catástrofes producidas por inundaciones, fuertes vientos y otros fenómenos naturales en la Comunidad Foral de Navarra, las ayudas previstas en esta Foral serán siempre complementarias y subsidiarias, por este orden, de las compensaciones de las pólizas de los seguros suscritos así como de otras ayudas que, para situaciones similares, pudieran existir en el ámbito nacional o de la Unión Europea.

A tal efecto, las sucesivas Órdenes Forales que desarrollen la Ley Foral tendrán en cuenta esta complementariedad y subsidiariedad, y, por tanto, los posibles beneficiarios, tanto personas físicas como jurídicas, deberán tramitar las compensaciones ante las compañías aseguradoras titulares de las pólizas y, de ser factible, solicitar también las pertinentes ayudas ante las Administraciones, tanto estatal como europea, a que hubiere lugar.

Durante el mes de abril de 2018 se han padecido inundaciones extraordinarias como consecuencia de fuertes lluvias en la Comunidad Foral.

El Servicio de Economía Circular y Agua ha emitido un informe en el que se hace constar los municipios afectados por las inundaciones extroaordinarias, de conformidad con la información de que dispone en relación con su ámbito competencial.

De igual modo, el Servicio de Protección Civil ha elaborado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR