ORDEN FORAL 155/2018, de 1 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 43/2014, de 21 de febrero, por la que se regulan las normas de ejecución de los programas de vigilancia, control y erradicación de determinadas enfermedades de los animales en la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 43/2014, de 21 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, se regulan las normas de ejecución de los programas de vigilancia, control y erradicación de determinadas enfermedades de los animales en la Comunidad Foral de Navarra.

La normativa aplicable en sanidad animal no prevé la realización de pruebas o análisis contradictorios o dirimentes en el diagnóstico de enfermedades. Con objeto de aumentar la transparencia y las garantías al ciudadano se propone añadir un artículo referente al peritaje de parte y al contraste de las pruebas de diagnóstico.

Por otro lado, se propone modificar la redacción del anexo III relativo a los movimientos de bovino, con la finalidad de que las pruebas de interferón se realicen en función del origen de los animales en lugar del destino.

Con el objeto de lograr una adecuada gestión de la medida y de que ésta sea conforme a lo previsto en la normativa se entiende necesario introducir modificaciones en la norma en lo referido a sus aspectos generales.

Procede, por tanto, modificar la Orden Foral 43/2014, de 21 de febrero, para atender las exigencias de la normativa foral añadiendo un artículo que contemple y regule el peritaje de parte.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo único –Modificar la Orden Foral 43/2014, de 21 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regulan las normas de ejecución de los programas de vigilancia, control y erradicación de determinadas enfermedades de los animales en la Comunidad Foral de Navarra.
  1. –Se añade un nuevo artículo 8 bis al anexo I de la Orden Foral 43/2014, de 21 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regulan las normas de ejecución de los programas de vigilancia, control y erradicación de determinadas enfermedades de los animales en la Comunidad Foral...

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